"La sentencia de la Audiencia de Sevilla contra la antigua cúpula socialista del PSOE andaluz censura con tono grave el “sistema fraudulento” que instauró la Junta de Andalucía en el año 2000 para conceder subvenciones directas a empresas en crisis y pagar el coste que suponían los ERE y que supuso un gasto de 680 millones de euros durante una década.
Los hechos probados del fallo describen cómo el cambio en el
mecanismo de pago “posibilitó que se aplicaran, se gastaran y se
ejecutaran [las ayudas], prescindiendo total y absolutamente del
procedimiento legalmente establecido”, según los jueces, que recogen
palabra por palabra la censura de la Intervención General en 2005 cuando examinó el fondo de ayudas por primera vez.
El nuevo procedimiento de pago supuso “la ausencia de control alguno de
la pertenencia a la empresa de las personas beneficiarias incluidas en
las pólizas de renta sufragadas con fondos públicos”. Es decir, permitió
que ciertos intrusos fueran prejubilados en los ERE de las empresas sin
haber trabajado nunca en ellas, entre ellos amigos y vecinos de alguno
de los condenados.
¿Por qué implementó este cambio normativo la Junta?
El cierre de grandes empresas a finales de los años 90 en Andalucía resultó traumático para miles de trabajadores y la Junta optó por un atajo legal para lograr un sistema de ayudas
tras las pegas que la Intervención había puesto previamente. “La
necesidad política de dar una respuesta rápida a los grandes conflictos
sociolaborales llevó a los responsables de la Junta de Andalucía a
establecer un sistema ágil, si bien tal agilidad se consiguió eliminando
los mecanismos de control legalmente establecidos”, reza el fallo.
El control lo ejercía hasta entonces la
Intervención General, que con esta modificación presupuestaria solo pudo
examinar ciertas ayudas, pero siempre a posteriori, nunca de
manera previa. “El denominador común de todas las ayudas sociolaborales y
ayudas a empresas, debido al uso de las transferencias de financiación
[herramienta presupuestaria del cambio], fue la falta de fiscalización”.
La consecuencia principal de esta decisión fue un caos en las ayudas:
“El resultado fue una absoluta falta de control de la concesión de
subvenciones sociolaborales y a empresas en crisis, al omitirse la
fiscalización previa en la Consejería de Empleo”.
El gasto de los expedientes se aprobaba en la
agencia Idea, pero la concesión residía en la Consejería de Empleo, con
poderes casi plenos para el exdirector de Trabajo Javier Guerrero, por
lo que Idea estaba a ciegas respecto a si se daban de manera correcta
las ayudas. A pesar de las denuncias de la Intervención General, la
Consejería de Economía ignoró los avisos, denuncia la sentencia. “Los
abonos realizados no tenían reflejo contable alguno, ni en la
contabilidad de IFA-IDEA, ni en la de la Consejería de Empleo”, critican
los jueces." (Javier Martín-Arrollo, El País, 20/11/19)
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