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31.5.26

Ernesto Ekaizer: Las cuadras de caballos purasangre, la otra cara del juez Peinado... Desde que el juez Peinado ha adquirido notoriedad pública, a raíz del comienzo de su investigación de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, en abril de 2024, la cuadra llamada ‘Juan Carlos Peinado García’ ha competido en 58 carreras desde el 28 de noviembre de 2024 hasta el 14 de mayo de 2026... (los jueces no pueden tener ninguna actividad mercantil)

 "El instructor del caso de la esposa del presidente del Gobierno ya ha consagrado como acusada a Begoña Gómez antes de dictar el auto de apertura de juicio oral contra ella, la asistente Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés, por presuntos delitos de malversación, tráfico de influencias, y otros, una resolución que será comunicada en los próximos días. El Periódico revela una intensa actividad particular de las cuadras de caballos del juez, que representan una parte de su personalidad, la que le une al turf y a los caballos de carrera. (...)

 Canalejas – nombre de José Canalejas, político regeneracionista liberal que presidió el consejo de ministros entre 1910-1912 y fue asesinado por el anarquista Manuel Pardiñas en la madrileña Puerta del Sol- es un ejemplar que según consta en la documentación de la competición pertenece a Juan Carlos Peinado García, es decir, el juez Peinado, titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid.

Es Canalejas un ejemplar nacido en Francia y es uno de los nombres de personajes españoles famosos que integran la cuadra.

Otros caballos son: Campomanes, Pemán, Valle Inclán, Galdós, Azorín, Unamuno y Baroja.

Para el propietario de Canalejas el premio y la subvención (que incentiva la cría caballar en Francia) ha sumado 44.000 euros.

La pasión del juez Juan Carlos Peinado García (Madrid, septiembre 1954) es más que un hobby, según se desprende de la actividad de las cuadras ‘JUAN CARLOS PEINADO GARCÍA’, ‘JUAN PEINADO’, ‘SRA. PATRICIA PEINADO’, ‘PATRICIA PEINADO’ e ‘INTERLAWYERS’.

Una cuadra, en la terminología de la hípica, es el conjunto de caballos que pertenecen a un mismo propietario, criadero o equipo de competición.

Las yeguadas mencionadas ‘Sra. Patricia Peinado’ y ‘Patricia Peinado’ figuran como propiedad de Patricia María Peinado Toledo (concejal de Zona sur por el Partido Popular del actual gobierno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en Madrid), hija del magistrado Juan Carlos Peinado García.

‘Juan Peinado’ se refiere a Juan Carlos Peinado Toledo - hijo de Juan Carlos Peinado García-, quien aparece en la cuadra solamente como criador en Haras Des Fontaines, 17 Chemin Des Fontaines, 65190 Mascaras, un establecimiento ecuestre profesional histórico especializado en la reproducción, nacimiento, pupilaje (alojamiento) y cuidado de caballos de carrera purasangre que dirige el profesional francés Thierry Abadie en una zona de pastos de alta calidad, veterinarios y personal cualificado. Está situado en la región de Occitania, departamento de Altos Pirineos.

Las primeras carreras de las que se tiene constancia se corresponden con la cuadra `Patricia Peinado´ (hija de Juan Carlos Peinado García) disponiendo del historial con enlaces a carrera, caballo y agentes relacionados.

La carrera en cuestión se celebró el 15 de agosto de 2005 en el hipódromo de San Sebastián por el ejemplar Road Far Fast. Esta carrera parece representar el inicio de la actividad de competición de las cuadras.

Actividad en la que, si se atiende a las cifras económicas, parece responder más a una gestión empresarial o explotación económica que a una mera ocupación recreativa o de ocio.

Hay que ocuparse de la reproducción, nacimiento, alojamiento, pupilaje, cuidado y transporte de los caballos.

El número de carreras disputadas por las cinco cuadras relacionadas con Juan Carlos Peinado García indican que los ejemplares de ‘Juan Carlos Peinado García’ han corrido 91 carreras desde el 12 de mayo de 2014 hasta el 14 de mayo de 2026.

La cuadra ‘Juan Peinado’ corrió 121 carreras desde el 6 de diciembre de 2008 hasta el 23 de mayo de 2019.

La cuadra ‘Interlawyers’ ha corrido 4 carreras desde el 29 de junio de 2014 hasta el 8 de septiembre de 2019.

La cuadra ‘Sra. Patricia Peinado’ ha corrido 83 carreras desde el 6 de diciembre de 2015 hasta el 2 de septiembre de 2023.

Y, por último, la cuadra ‘Patricia Peinado’ ha corrido 3 carreras desde el 17 de junio de 2016 hasta el 9 de junio de 2019.

Conforme a los datos plasmados en una hoja realizada cin el entrecruzamiento de las cuadras examinadas por El Periódico, el número total de competiciones ecuestres de las cinco cuadras relacionadas con Juan Carlos Peinado García habrían alcanzado las 271 carreras durante un período superior a veinte años dedicados al turf.

Desde que el juez Peinado ha adquirido notoriedad pública, a raíz del comienzo de su investigación de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, en abril de 2024, la cuadra llamada ‘Juan Carlos Peinado García’ ha competido en 58 carreras desde el 28 de noviembre de 2024 hasta el 14 de mayo de 2026, de la que Canalejas salió vencedor en París-Longchamp.

La cuadra ‘Sra. Patricia Peinado’, hija de Juan Carlos Peinado García, ha corrido 83 carreras desde el 6 de diciembre de 2015 hasta el 2 de septiembre de 2023, habiendo corrido en esta última fecha la yegua Olivenza en el hipódromo La Teste de Buch situado en la región de Nueva Aquitania, en Francia.

Esto contrastaría con el siguiente hecho: en su declaración de bienes, actividades y renta de Patricia María Peinado Toledo, como concejal de zona sur, presentada en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de la Comunidad de Madrid en fecha 28 de julio de 2023 no menciona ser propietaria de ningún caballo o yegua.

Los nombres asignados a los caballos y yeguas que han integrado el patrimonio equino vinculado, de una u otra forma, a Juan Carlos Peinado García, son sugerentes. Así, aparecen, según se ha apuntado, nombres históricos que rememoran a escritores y políticos.

La vinculación de las distintas cuadras apuntadas está reflejada en el traspaso de algunos ejemplares y por el nombre de preparadores o entrenadores.

Algunos ejemplos: los caballos Stonebridge, Pemán, Café Theatre, Mirlo Blanco, La Adrada [municipio del sur de Ávila donde el juez Peinado posee un chalé] y Azorín, que se repiten en distintas cuadras.

En el período comprendido entre el 6 de diciembre de 2008 al 14 de mayo de 2026 las cuadras analizadas han tenido registrados no menos de 25 caballos. Con todo, la cifra sería superior.

En cuanto al nombre de preparadores o entrenadores - A. C., C. Alonso y R. Martín -, en particular, según se menciona en el Boletín Oficial de las Carreras de Caballos de Galope n.º 24 de fecha 2 de junio de 2017 editado por Jockey Club Español, el 24 de mayo de 2017 el caballo Pemán cambia de la cuadra ‘Juan Peinado’ a la cuadra ‘Interlawyers’ y en la misma fecha el ejemplar Mirlo Blanco cambia de la cuadra ‘Juan Peinado’ a la denominada ‘Patricia Peinado’.

Se da la circunstancia, conforme a la información disponible, de que en las competiciones han coincidido la participación de dos caballos pertenecientes a dos cuadras distintas, o bien de la misma, pero con diferente denominación.

Ello ocurrió, por ejemplo, el día 3 de marzo de 2018 en el hipódromo Bordeaux Le Bouscat, en el distrito de francés de Burdeos, en la que compitieron los ejemplares Stonebridge en el premio Prix du Taillan por la cuadra ‘Juan Carlos Peinado García’ y el ejemplar Baroja por la yeguada ‘Juan Peinado’ en la carrera por el premio Prix Du Merlot.

El 27 de agosto de 2017 también hubo esa competencia. En el hipódromo de San Sebastián los caballos Valle Inclán compitieron por el premio Gran Casino Bilbao bajo la tutela de la cuadra ‘Juan Peinado’, y Pemán lo hizo por el premio Lankorpe Industria Gráfica, con los colores de la cuadra de ‘Juan Carlos Peinado García’.

A lo largo de los años de los que se dispone de registros se constata que las cuadras ‘Juan Carlos Peinado García’, ‘Juan Peinado’, ‘Sra. Patricia Peinado’ e ‘Interlawyers’ han corrido en instalaciones hípicas de España y Francia.

Así, en La Zarzuela, por ejemplo, en fecha 29 de junio de 2014 tuvo lugar la carrera de la cuadra Interlawyers, o dos carreras más de la ‘Juan Peinado’ los días 2 de julio de 2017 y el 12 de marzo de 2017. Por parte de la cuadra ‘Patricia Peinado’ también corrieron en La Zarzuela los días 14 de abril de 2019 y el 5 de mayo del mismo año. La actividad ecuestre de Juan Carlos Peinado García y en igual medida la de su hija Patricia Peinado se ha desplegado a lo largo de más de veinte años.

En algunos casos, mediante la adquisición de ejemplares fuera de España, por ejemplo en Irlanda, donde se habrían comprado dos potros posteriormente bautizados como Espronceda, perteneciente a la cuadra ‘Juan Carlos Peinado García’, y el ejemplar Campomanes, también de la cuadra ‘Juan Carlos Peinado García’, que en el enlace aparece asociado a los colores de ‘Interlawyers’.

Algo parecido sucede con el caballo Canalejas, ganador de la carrera del pasado 14 de mayo en el hipódromo de París-Longchamp.

En una carrera anterior, de la que existen imágenes en la que se le puede ver, corrió con los colores de ‘Interlawyers’ (verde y naranja).

Fue el 22 de junio de 2025 en el Prix Montoulieu en el hipódromo de Toulouse.

En la temporada verano 2017, jornada decimotercera, en el hipódromo de San Sebastián, el día 27 de agosto, hay un acta de las carreras en las que se recoge: “Estos comisarios acuerdan sancionar a la CDA.INTERLAWYERS con 75 € por correr con colores distintos a los declarados, siendo reincidentes en la temporada. Todo ello en virtud del artículo 142 (apartado 2º/párrafos III y IV).

No es ciertamente fácil saber con qué indumentaria han de correr a tenor del trasiego de ejemplares entre unas cuadras y otras, aunque todas ellas estén relacionadas.

El mayor número de carreras se habrían realizado en el país vecino, Francia, muy probablemente, o al menos en parte, por la cuantía de los premios, considerablemente más elevados que en España.

Conforme a la información disponible en el portal france-galop.com (el portal oficial de France Galop es la plataforma digital de la entidad que gestiona y organiza las carreras de caballos de galope en Francia) se obtienen los datos correspondientes a los premios económicos logrados.

En concreto, de los distintos enlaces a los que se puede acceder sobre la cuadra ‘Juan Carlos Peinado García’, sale la siguiente información sobre los premios conseguidos en los ejercicios 2025 y 2026, serían los siguientes:

· Año 2025 subsidio + bonificación por propiedad: 104.393 euros

· Año 2026 subsidio + Bonificación por propiedad: 119.496 euros.

Por lo que respecta a la cuadra de ‘Patricia Peinado’ en período 2016 – 2022 el montante de premios ha sido de 193.107 euros.

El juez Peinado solicitó en 2023, con 69 años, la prórroga que obliga a todos los jueces a jubilarse a los 70 años.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) autorizó en su reunión del 11 de enero de 2024 esa prórroga hasta los 72 años, que el juez cumplirá próximo 27 de septiembre.

Esa prórroga, precisamente, ha permitido al juez admitir a trámite e instruir una causa contra Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, iniciada en abril de 2024 al admitir a trámite una querella contra ella del llamado sindicato Manos Limpias.

Dos años largos después, Peinado está a punto de dictar auto de apertura de juicio oral y pide que sea un jurado popular el que enjuicie a Begoña Gómez, una decisión que tendrá que resolver la sección 23 de la Audiencia de Madrid.

Un tema del turf, mira por dónde, recayó en el juzgado 41 de Madrid, a cargo del juez Peinado.

En octubre se 2015, el juez admitió a trámite una querella de Cayetano Martínez de Irujo contra el presidente de la Real Federación Hípica Española, Javier Revuelta, por delito de prevaricación, fraude electoral y falsedad documental en las elecciones celebradas en 2025.

El pasado 11 de marzo, Peinado citó a los imputados a prestar declaración el 5 de octubre próximo.

Es decir: una fecha posterior a su jubilación, el 27 de septiembre, cuando, según se ha apuntado cumplirá 72 años.

Con todo, según un auto conocido esta semana, el juez Peinado ha resuelto archivar la querella, al acordar, siguiendo el criterio de la Fiscalía de Madrid, el sobreseimiento provisional."

(Ernesto Ekaizer, El Periódico, 31/05/26) 

27.5.26

El Caso 'Plus Ultra' se complica: aparece una fiscal amiga... se investiga al comisario Jesús María Gómez Martín por haber podido recibir 7000 euros y botellas de vino de la trama porque habría intermediado para ayudar en varios procesos legales a los miembros... el juez Ismael Moreno había quedado en varias ocasiones con Miguel Palomero para arreglarle un problema de unas tierras a sus hijos... Esto es solo una relación de hechos (Antonio Maestre)

AntonioMaestre  @AntonioMaestre

La variante Miguel Palomero en el caso Plus Ultra que está pasando muy desapercibida en la vorágine de Zapatero. 

En las conversaciones incautadas aparece que hay que hacer una "Kitchen gabinet" para parar el proceso y que hay 50.000 euros para jueces, policías y funcionarios. Eso no dejaría de ser una conversación. Jueces, fiscales y policía. Veamos. 

1-El caso es que parece que hay una "fiscal amiga". Pues bien: La fiscal Superior de Madrid, Almudena Lastra, ha iniciado un expediente contra la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, y contra la fiscal María Luis Llop que pidió el archivo de la investigación sobre el rescate de la aerolínea en 2021. Se investiga. 

2-Calama investiga al comisario Jesús María Gómez Martín por haber podido recibir 7000 euros y botellas de vino de la trama porque habría intermediado para ayudar en varios procesos legales a los miembros. Se investiga. 

3-El juez Ismael Moreno de la AN se inhibió por su relación con Miguel Palomero y finalmente acabó en el juez Calama. Fue el juez Ismael Moreno el que rechazó la denuncia de la Fiscalía por primera vez en noviembre de 2024 del caso Plus Ultra por falta de competencia. 

Pues bien, el juez Ismael Moreno había quedado en varias ocasiones con Miguel Palomero para arreglarle un problema de unas tierras a sus hijos. El abogado no le cobró y la gestión se saldó con una comida entre ambos el 22 de enero de 2024. Meses antes de que rechazara la querella. No se investiga. Esto es solo una relación de hechos.

9:33 a. m. · 27 may. 2026 ·22,5 mil Visualizaciones

20.1.25

La pasmosa facilidad con la que los dirigentes del PP madrileño movían y removían a los jueces de la Audiencia Nacional... La pretensión de remover a Velasco de la instrucción del caso Lezo y del caso Púnica y colocar a un juez afín, García Castellón, quedó registrada en una grabación sobradamente conocida, incluida en el sumario de Lezo

Victor Guillot @Espejodevillano

TODOS LOS HOMBRES DE LA PRESIDENTA

EL JUEZ ELOY VELASCO, "A TOMAR POR CULO, A ONTENIENTE

" Isabel Díaz Ayuso ha dicho esta mañana que una dictadura no va de una día para otro sino poco a poco, carcomiendo las instituciones. Se ve que la Presidenta de Madrid nos lee con devoción, porque este martes comparó la investigación que recae sobre su novio con el Watergate. Por otra parte, a Alberto González Amador se le va a imputar un nuevo delito por presunto soborno a un directivo de Quirón. Tras un año, el acusado por fraude fiscal y falsedad documental todavía no ha declarado por los casos que han desencadenado "el Watergate", ay. 

Tiene razón Ayuso: para tomar el poder judicial hace falta tiempo. A veces los tiempos se aceleran. La actual presidenta de Madrid, no obstante, fue testigo de toda una época de corrupción en el turbomadrid de Aguirre, Granados e Ignacio González. Casi se puede decir que todo lo que estamos observando hoy comenzó tras un tamayazo. Ayuso fue testigo en primera persona del estallido de Púnica y Lezo, primero como candidata en las listas del PP a las elecciones de la Asamblea de Madrid de 2011. Después, en 2015, como portavoz adjunta del PP, durante el gobierno de Ignacio González y más tarde como viceconsejera de Justicia.

 En ocasiones, los movimientos de los peones se aceleran. Son pasos irreversibles que resquebrajan la arquitectura del estado de derecho. Le sucedió al juez Eloy Velasco, el juez "del pueblo" (léase con toda la ironía), cuando inició la instrucción del caso Lezo y el caso Púnica en 2015. 

El juez Velasco incluyó como investigados dentro de la Operación Lezo al exministro de Trabajo Eduardo Zaplana y al empresario Juan Miguel Villar Mir. La lista incluía al viceconsejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid Alberto López Viejo, además del propio presidente Ignacio González. ​

El periódico http://Vozpopuli.com publicó en abril de 2015 que los abogados de los imputados en la trama Púnica estudiaban acciones legales contra el magistrado Eloy Velasco por entender que pudiera estar revelando secretos del sumario, mientras algunos de los presuntos implicados permanecían en prisión.

 El magistrado del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, llamó al juez de la Audiencia Nacional, para advertirle de que su esposa, la abogado Beatriz Saura, había trabajado durante años en la Comunidad de Madrid y ese antecedente profesional podría contaminar el proceso y propiciar un escrito de recusación por parte de los abogados de Ignacio González.

 La pretensión de remover a Velasco de la instrucción del caso Lezo y del caso Púnica y colocar a un juez afín quedó registrada en una grabación sobradamente conocida, incluida en el sumario de Lezo, pero que conviene recordar hoy para saber cómo se van encofrando los pilares de una dictadura y cómo tratar a los jueces. 

A Ignacio González no le tembló el pulso ante Zaplana cuando exigió que Velasco abandonara la instrucción antes de que le estallase en la cara: "Tenemos a un juez que está provisional... tú lo asciendes... yo le digo, a ver, venga usted, ¿cuál es la plaza que le toca? Onteniente, a tomar por el culo a Onteniente y aquí que venga el titular, que ya me apañaré con el titular, coño". 

La grabación continúa expresando la pasmosa facilidad con la que los dirigentes del PP madrileño movían y removían a los jueces de la Audiencia Nacional: "un poli me ha dicho que a Velasco le van a mandar al Supremo pero yo creo que no. Al titular lo quitaron porque era uno, que era aparentemente Rogelio...y le dan magistrado de enlace en Londres...no sé después gana una pasta, o Roma, vive como dios y el tío no quiere saber nada claro...". 

De quien habla González no es otro que Manuel García Castellón que llevaba casi 17 años disfrutando de uno de los mejores destinos posibles en la carrera judicial: ser juez de enlace en el extranjero, primero en París y luego en Roma. Tal y como avanzaba Ignacio González, García Castellón pediría su regreso al juzgado que dejaba su sustituto. 

Para que quedar completamente aquilatada la dictadura, en los términos de Díaz Ayuso, González insistió en quién podía ser el siguiente juez que llevase la causa: García Castellón: "Yo le llamo a este y le digo, 'oye ven aquí, el titular aquí y a este...a tomar por culo, pero ¿qué te cuesta esto? y a este tío lo pones a escarbar cebollinos, joder, y ya está, ¡pero qué cojones de chantaje! , pero como todo el mundo ve que esto funciona, pues ancha es Castilla"

 Efectivamente, la Comisión Permanente del CGPJ designó a Eloy Velasco y a Enrique López Velasco como los magistrados para la sala de apelaciones de la Audiencia Nacional. Su nombramiento, además, fue publicado también en el BOE a través de un Real Decreto firmado por el ministro de Justicia, Rafael Catalá. Finalmente, el juez García Castellón sustituyó a Velasco en los casos Lezo y Púnica. 

Ignacio González no sólo consiguió cambiar al juez Eloy Velasco por Manuel García Gallardo en la instrucción. También consiguió colocar al Fiscal Anticorrupción que quería: Manuel Moix.

 ADENDA El juez Eloy Velasco fue director general de justicia en el gobierno de Eduardo Zaplana en la Generalitat Valenciana. 

ADENDA 2 Durante un curso celebrado el 13 de noviembre de 2024 en la V Semana Internacional del Compliance, Eloy Velasco criticó al Gobierno de coalición de PSOE y Podemos y cuestionó su legitimidad. Refiriéndose a la aprobación de la ley del "solo sí es sí" de 2022, criticó a la entonces ministra de Igualdad por tratar de «enseñar el mundo» y explicar lo que es el consentimiento a los juristas, cuestiones que, según el juez, «nunca aprenderá Irene Montero desde su cajero de Mercadona». 

ADENDA 3 Mariano Rajoy confirmó a Catalá como ministro de Justicia después de haber sido reprobado en la Corte de los Leones.

Última edición3:49 p. m. · 15 ene. 2025 28,4 mil Visualizaciones

14.1.25

La asociación progresista de fiscales atribuye al Supremo una “caza de brujas” por la causa contra el Fiscal General, García Ortiz... que se sostiene sobre una sumario carente de indicios y que ignora los “sólidos contraindicios que deberían llevar de forma inmediata al archivo de este procedimiento”... “Todo ello nos lleva a considerar que estamos ante un ataque sin precedentes a la institución del Ministerio Fiscal, al trabajo diario de los fiscales y al Estado de Derecho [...] Se está atacando al funcionamiento propio de la carrera. La sociedad española debe saber que la autonomía del Ministerio Fiscal, pieza fundamental de la justicia democrática, está en verdadero peligro”

 "La Unión Progresista de Fiscales (UPF) ha emitido este lunes un duro comunicado para denunciar el “ataque directo” contra la “institución del Ministerio Fiscal” que ha perpetrado, según su opinión, el juez Ángel Hurtado al citar a declarar como imputado el próximo 29 de enero al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y a dos de sus subordinados el 30 de enero y el 5 de febrero. La asociación —a la que pertenece García Ortiz y de la cual fue presidente— insiste en que la causa del magistrado instructor del Tribunal Supremo contra el máximo representante del ministerio público constituye una “auténtica caza de brujas”, que se sostiene sobre una sumario carente de indicios y que ignora los “sólidos contraindicios que deberían llevar de forma inmediata al archivo de este procedimiento”.

“La UPF manifiesta su absoluta disconformidad y perplejidad por esta imputación, que supone criminalizar el funcionamiento normal de la institución del Ministerio Fiscal”, remacha la nota del colectivo, que en diciembre ya calificó como “claramente inquisitivo” el trabajo del juez. A primera hora de la mañana de este lunes, Hurtado ha fijado la fecha para interrogar formalmente como imputado a García Ortiz, encausado por la filtración de un correo electrónico del abogado de Alberto González Amador, novio de la popular Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid. Además, el magistrado ha señalado que tomará declaración como investigados a Pilar Rodríguez (30 de enero), fiscal jefe provincial de Madrid, que ya estaba imputada; y a Diego Villafañe (5 de febrero), teniente fiscal de la secretaría técnica de la Fiscalía General del Estado, a quien pone por primera vez en la diana.

“La investigación del teniente fiscal de la secretaria técnica y la citación a declarar formalmente en condición de investigados del fiscal General y la fiscal jefa provincial de Madrid, lejos de argumentar indicios incriminatorios algunos, está describiendo el funcionamiento normal y ordinario de toda la institución”, prosigue el comunicado de la UPF, en referencia a la exposición que Hurtado hace en su resolución de este lunes. En su escrito, el magistrado describe el intercambio de mensajes que se produjo entre los miembros de la Fiscalía General del Estado el pasado 13 de marzo, después de que El Mundo publicara una información tergiversada que afirmaba que el ministerio público había ofrecido un pacto a González Amador para que reconociera dos delitos fiscales para evitarle la entrada en prisión —pese a que había sido realmente al revés, ya que el pacto había partido del abogado del novio de Ayuso—.

La Fiscalía General del Estado defiende que esas comunicaciones demuestran que se pusieron a trabajar para desmontar el bulo mediante una nota de prensa que se publicó el 14 de marzo. Sin embargo, antes de la divulgación de esa nota, se filtró a la prensa un correo del letrado de González Amador (fechado el 2 de febrero de 2024) que desmontaba la mentira —que, precisamente, estaba difundiendo el PP de Madrid y el jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez—. La cúpula del ministerio público niega que ellos filtraran ese email, pero el magistrado Hurtado considera que existen indicios suficientes de que salió de ahí.

 “La actuación de todos los fiscales que intervinieron en el asunto fue exclusivamente técnico-jurídica y estuvo destinada a informar a la opinión pública en relación a la fabricación de un bulo que, además de faltar a la verdad, atacaba a la independencia y profesionalidad de determinados fiscales y por ende de la Fiscalía como institución”, subraya el comunicado de la UPF de este lunes: “Todo ello nos lleva a considerar que estamos ante un ataque sin precedentes a la institución del Ministerio Fiscal, al trabajo diario de los fiscales y al Estado de Derecho [...] Se está atacando al funcionamiento propio de la carrera. La sociedad española debe saber que la autonomía del Ministerio Fiscal, pieza fundamental de la justicia democrática, está en verdadero peligro”."

(J. J. Gálvez , El País, 13/01/25)

12.1.25

Cosidó, decididamente, pasará a la historia política no porque durante su gestión el gobierno de Mariano Rajoy convirtió la Policía Nacional en un instrumento político contra sus adversarios (desde Luis Bárcenas, ex tesorero nacional del PP, al PSOE, operación BARC mediante, a Podemos y los partidos independentistas catalanes), según el dictamen del Congreso de los Diputados de 2017, sino por la filtración del whatsapp que envió como portavoz del PP en el Senado a su chat informal de senadores el sábado 18 de noviembre de 2018 a las 21:30, un mensaje que hizo abortar el pacto secreto del Gobierno y el Partido Popular para nombrar presidente del Tribunal Supremo y Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al entonces presidente de la Sala Segunda, o Penal, del Tribunal Supremo (Ernesto Ekaizer)

 "La inspectora jefa del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) con carné profesional número 89169 Silvia O.M. debía declarar la semana próxima, el 13 de enero de 2025, sobre su escrito aportado al juzgado (véase el escrito) en el que desveló dos operaciones de inteligencia contra Podemos en 2016: Bolívar y Venús. Pero la decisión del juez Santiago Pedraz del pasado 8 de incorporar los expedientes de ambas a la causa, según una solicitud de la acusación particular -el partido Podemos actúa en calidad de perjudicado- ha aplazado la comparecencia testifical, de Silvia. O.M, según una providencia del pasado 7 de enero.

La nueva fecha depende, ahora, de que las instituciones policiales envíen los expedientes de las operaciones Bolívar y Venus al juzgado para conocer el alcance de las pesquisas políticas, al margen de los tribunales.

Cabe señalar que Pedraz decidió el pasado miércoles 8 esa incorporación pese al informe negativo del fiscal de la Audiencia Nacional, Vicente González Mota, quien considero desproporcionada la solicitud.

Cachondeo

Cosidó, decididamente, pasará a la historia política no porque durante su gestión el gobierno de Mariano Rajoy convirtió la Policía Nacional en un instrumento político contra sus adversarios (desde Luis Bárcenas, ex tesorero nacional del PP, al PSOE, operación BARC mediante, a Podemos y los partidos independentistas catalanes), según el dictamen del Congreso de los Diputados de 2017, sino por la filtración del whatsapp que envió como portavoz del PP en el Senado a su chat informal de senadores el sábado 18 de noviembre de 2018 a las 21:30, un mensaje que hizo abortar el pacto secreto del Gobierno y el Partido Popular para nombrar presidente del Tribunal Supremo y Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al entonces presidente de la Sala Segunda, o Penal, del Tribunal Supremo.

En dicho texto, Cosidó se mostró pedagógico con voces disidentes -los llamados senadores sorayistas que abominaban de un pacto con el Gobierno- y destacaba la goleada que suponía el acuerdo. El mensaje fue filtrado pocas horas después de ser enviado.

“Obtenemos lo mismo numéricamente, pero ponemos un Presidente excepcional, un gran jurista con una capacidad de liderazgo y auctoritas para que las votaciones no sean 11 a10 sino próximasal 21-0. Y además controlando la sala segunda [la sala penal del Tribunal Supremo] desde detrás…”.

El pacto voló por los aires y el PP de Pablo Casado y Alberto Nuñez Feijóo mantuvieron el bloqueo de la renovación durante cinco años y medio, hasta julio de 2024. Se dice pronto, sí.

En cambio, como director general de la Policía (2012-2017), Cosidó estuvo al frente de una institución que puso en marcha una policía política, según se ha apuntado, sin resultar imputado, ni prestar declaración en calidad de testigo, en la operación extrajudicial Kitchen en busca de datos presuntamente comprometedores para Mariano Rajoy en poder de Luis Bárcenas, un montaje en el que intervinieron 50 policías, cuyo juicio oral se contra la mayor parte de los altos cargos de Interior en fecha todavía por determinar.

El rechazo de la judicatura de investigar la Operación Cataluña, por otra parte, también le ahorró cualquier tipo de molestias.

Por último, ha sido citado en calidad de testigo el pasado jueves 9 en la causa que investiga las operaciones políticas para acabar con Podemos en 2016 y 2017.

No conoció, según ha declarado, el llamado informe PISA (Pablo Iglesias S.A.) sino por los medios de comunicación cuando es lo cierto que dicho informe fue elaborado por la Dirección Adjunta Operativa, a cargo del número dos de la Policía, el subordinado de Cosidó. Esto es: Eugenio Pino.

Ahora, eso sí: usó ese mismo informe para acosar a Podemos en el Senado.

El 5 de octubre de 2018, Cosidó apuntó públicamente que hay "dudas razonables" sobre los fondos que pudieron llegar a los fundadores de Podemos desde Irán y Venezuela, y por ello ve oportuno que declaren aquellas personas que dispongan de información "relevante".

No sin ironía, en alusión velada al célebre whatsapp, de Cosidó, Pablo Iglesias dijo: “Ni [Manuel] Marchena, uno de los suyos, ha visto financiación ilegal en Podemos”. Se refería a las decisiones de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 2015 y 2016 en las que se rechazaban las querellas contra Podemos.

En realidad, según apuntamos, los pagos presuntamente realizados, aludidos en l informe PISA, no fueron para Podemos sino para una entidad llamada CELS y eran anteriores -de ser ciertos- a la vigencia de la nueva ley de financiación de partidos, del 1 de julio de 2015.

La inspectora jefa 89169

Silvia O.M. formó parte del trío de la bencina -con García Catalán y Fuentes Gago- para interrogar en Nueva York, en abril de 2016 -despues que el Tribunal Supremo rechazó investigar el informe PISA- al exministro de Finanzas del gobierno venezolano de Hugo Chávez, sobre el presunto apoyo a Podemos. De ahí el ocurrente nombre de Bolívar. Todas estas informaciones iban saltando a los medios ante la proximidad de las elecciones generales del 26 de junio de 2016 para desgastar a Podemos.

Según el escrito de la inspectora jefe, Isea aseguró que el gobierno venezolano apoyó con 7 millones de euros a la fundación ya citada. El 14 de abril de 2016, tras la conversación con Idea, se registró la operación Bolívar para comprobar los datos. De regreso a Madrid, la inspectora consultó bases de datos para verificar si Pablo Iglesias había viajado a Venezuela.

La otra operación, Venus, buscó datos para apuntalar el desacreditado informe PISA y distintas financiaciones externas de Podemos.

Ni Bolivar ni Venus obtuvieron resultados. Y fueron desactivadas.

Ahora, esos expedientes han sido solicitados por el juez Pedraz. Una vez incorporados a la causa, Silvia O.M será citada a declarar en calidad de testigo.

Cuando una comprueba la participación de los inspectores resulta que en estas operaciones políticas siempre eran los mismos.

Fuentes Gago, por ejemplo, viajaría a Ginebra en 2017 para confirmar la veracidad de la cuenta en la Union de Banques Suisses (UBS) que el comisario Enrique García Castaño filtró a un diario en octubre de 2014, a una semana de la celebración de la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014. Falsa, claro."

( Ernesto Ekaizer , blog, 11/01/25)

15.8.24

Vuelven las casas de apuestas a la Liga gracias al Tribunal Supremo de Manuel Marchena. El ultraderechista Javier Tebas ha llegado a un acuerdo con la casa de apuestas Luckia, que financió la caja b del PP, como patrocinador de la Liga de fútbol tras la sentencia del Supremo que anuló la normativa para limitar su publicidad

 "Las casas de apuestas son una lacra social entre los más jóvenes y la ludopatía sigue arruinando a familias en barrios obreros y hablan de ella como la heroína del siglo XXI por su brutalidad llevándose hasta vidas por delante. España es uno de los países con más menores ludópatas de Europa. Sin embargo, los muy pequeños avances contra las casas de apuestas han sido tumbados por el comando judicial español. La justicia en Andalucía dio la razón al gobierno de Juanma Moreno del PP y tumbó la normativa municipal de Kichi en Cádiz que prohibía los salones de juego, casinos y casas de apuestas cerca de los colegios, y el Tribunal Supremo ha abierto nuevas rendijas para los patrocinios de las casas de apuestas en el fútbol con la sentencia que anuló aspectos clave de la ley del juego de Alberto Garzón que limitaba esta publicidad. Gracias a la decisión del Supremo de Marchena, Luckia será uno de los patrocinadores de la Liga 2024-25, que arranca este jueves 15 de agosto y finalizará el 25 de mayo de 2025.

El auge de estas casas de apuestas en nuestro país no es casual. Su entramado tiene nombres y apellidos relacionados al PP. El gobierno del PP favoreció a las casas de apuestas durante su mandato. Le bajó los impuestos un 5% y la presencia en barrios obreros se disparó un 140%. Cristóbal Montoro rebajó 5 puntos la tributación para las casas de apuestas y creó un paraíso fiscal del juego en Ceuta y Melilla para ellas. Trabajó desde su gabinete privado para la industria del juego y su hermano sacó tajada con las licencias del juego online. Rafael Catalá venía del lobby de las apuestas en Codere antes de ser ministro de Justicia. Es uno de sus peces gordos como puerta giratoria de nuevo volvió en la actualidad a trabajar para Codere, una de las casas de apuestas favorecidas por el PP y que patrocinó al Real Madrid de Florentino Pérez.

Cuando uno rasca en el negocio de las casas de apuestas se encuentra este tipo de cosas propias de la mafia. El exministro Rafael Catalá invitó al juez Marchena para dar charlas en la fundación de la casa de apuestas de Codere. El vídeo sigue disponible en Youtube.

El periodista malagueño Alejandro Torre explica las vinculaciones de Luckia con el PP y el crimen organizado y consta como donante de la caja b con 100.000 euros por parte de la matriz EGASA del empresario José González. Esta casa de apuestas nacida en Galicia tiene su sede en Ceuta para pagar menos impuestos. Núñez Feijóo le hizo entrega del premio a la Excelencia Empresarial cuando fue presidente de la Xunta de Galicia.

Han sido muy pocos los futbolistas que se han posicionado en contra de esta mafia de las casas de apuestas. Cuando llegaron las casas de apuestas al fútbol español y los medios de comunicación lavaban la imagen a este negocio, el único jugador que se opuso fue Frederic Kanouté. Se tapó con un esparadrapo la casa de apuestas que patrocinaba al Sevilla. Años más tarde el futbolista Borja Iglesias se pronunció también en contra: "No me gustan las casas de apuestas. Prefiero ganar algo menos y que no estén"."             (Fonsi Loaiza , Diario Red, 15/08/24)

6.8.24

El Constitucional acusa al Supremo de sentenciar los ERE sin argumentos y saltándose la separación de poderes... Las sentencias del tribunal de garantías que desmontan las acusaciones por prevaricación y malversación reprochan tanto a la Sala de lo Penal como a la Audiencia de Sevilla haber criminalizado la actividad legislativa de la Junta

 "Las primeras resoluciones del Tribunal Constitucional sobre el caso de los ERE de Andalucía usan dos argumentos para impugnar las sentencias del Supremo y de la Audiencia de Sevilla: los jueces criminalizaron parte de la actividad política de los altos cargos de la Junta de Andalucía y, además, en ocasiones impusieron condenas de cárcel sin argumentos suficientes. Con una docena de casos todavía pendientes de decisión, las dos sentencias conocidas en los últimos días cuestionan tanto las condenas de inhabilitación por prevaricación como las condenas de cárcel por malversación de caudales públicos.

La Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo resolvieron en firme que en Andalucía, desde la década de los noventa hasta el año 2009, existió un sistema de ayudas a empresas y trabajadores para combatir las dificultades económicas. Un sistema cuyo descontrol, buscado y permitido desde la Junta, facilitó el reparto irregular de millones de euros de dinero público.

Los jueces entendieron que los culpables, desde los presidentes de la Junta hasta directores generales encausados, habían incurrido en un delito de prevaricación por poner en marcha y perpetuar el sistema desde la creación de los anteproyectos de presupuestos. A diez de ellos, además, les atribuyeron malversación por participar en el reparto ilegal de dinero o, al menos, por no evitar que se hiciera de forma descontrolada.

De momento, el Tribunal Constitucional ha dictado tres sentencias que han desarmado los pilares maestros de las condenas por ambos delitos. Después de una primera decisión irrelevante sobre el exconsejero José Antonio Viera, la mayoría progresista del pleno sacó adelante una sentencia que amparó parcialmente a la exministra y exconsejera andaluza Magdalena Álvarez, dejando en mínimos su condena de inhabilitación por prevaricación.

El Tribunal Supremo y la Audiencia de Sevilla habían cimentado su sanción por prevaricación en considerar que todas las decisiones de la Junta para poner en marcha el sistema de ayudas constituyeron una cadena de “eslabones necesarios” con una sucesión de decisiones injustas. Aprobar ayudas a través de un “instrumento jurídico ilegal” como eran las transferencias de financiación y con una finalidad igualmente ilegal: “Eludir el control”.

El reproche del Constitucional pasa por acusar a ambos tribunales de desconocer cómo funciona el sistema político andaluz e invadir la separación de poderes al criminalizar actos legislativos del Gobierno regional. Elaborar y aprobar anteproyectos de ley, el embrión de esas ayudas, “no puede ser constitutiva del delito de prevaricación”. Son actos, dijo, “dictados por el Poder ejecutivo en el ejercicio de su función de gobierno que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Andalucía” y su contenido “no puede ser objeto de control por ningún órgano judicial”. 

Los argumentos del Supremo y la Audiencia de Sevilla para sancionar por prevaricación a los altos cargos, dice el Constitucional, “supone incidir en un ámbito ajeno al control judicial, excediendo de la función que los jueces y tribunales tienen atribuida”. Sobre la acción de los tribunales penales, al valorar la legalidad del sistema de presupuestación, dice el Constitucional: “Ha ejercido una función que en modo alguno le corresponde atribuyéndose unas prerrogativas que la Constitución no le otorga”. 

Argumentos como los sostenidos por el Supremo, zanjó el Constitucional, corren el riesgo de “infringir el principio de separación de poderes” y, en aplicación al caso concreto, dictar condenas imprevisibles. En el caso concreto de Magdalena Álvarez y sus derechos, infringió el principio de legalidad penal.

Sin “argumentos” para la malversación

La sentencia que anuló la condena de Magdalena Álvarez no lleva irremediablemente a su absolución: la Audiencia de Sevilla debe repetir sus argumentos y dictar una nueva pero excluyendo la mayor parte de las acusaciones. Este martes, la resolución que afecta a Miguel Ángel Serrano, exdirector de la agencia IFA/IDEA, sí anula su condena de seis años y medio de cárcel por malversación y prevaricación de forma completa.

En el caso de Serrano, excarcelado pocas horas después de conocerse el fallo, el pleno repite sus argumentos sobre la prevaricación y los extiende a una parte de la malversación: “Es una interpretación imprevisible la condena por este delito” al hablar de acciones amparadas en las leyes de presupuestos. Pero en el caso de los ERE no todo queda fuera del alcance del derecho penal y hay casos de ayudas que fueron destinadas a “fines distintos a los previstos”.

En esos casos, el Constitucional ha abordado el análisis desde la perspectiva de la presunción de inocencia, y en el caso de Miguel Ángel Serrano ha entendido que ni la Audiencia de Sevilla ni el Tribunal Supremo justificaron lo suficiente su condena de seis años y medio de presidio. “Los órganos judiciales no han argumentado suficientemente que fueran cometidos por el recurrente. La resolución judicial carece del desarrollo argumental constitucional necesario en este punto”, explicaba el Constitucional su resolución en un comunicado este martes.

La falta de argumentación –más allá de declarar la ilegalidad del sistema y criminalizar su aplicación– que implique a altos cargos en el desvío efectivo de dinero público de la Junta es una alegación constante en los recursos de los condenados por este segundo delito de malversación. Y en el caso de Serrano, la mayoría del tribunal de garantías entiende que el Supremo no argumentó lo suficiente por qué las pruebas recabadas le incriminaban.

Malestar en el Supremo y el sector conservador

El criterio mayoritario del sector progresista del Constitucional no ha gustado en el Supremo, donde diversas fuentes entienden que el tribunal de garantías está yendo mucho más allá de sus límites para corregir sus resoluciones. Un malestar que han dejado por escrito en el propio Constitucional los cuatro integrantes del sector conservador, acusando a sus compañeros de estar enmendando la plana al Supremo de forma irregular. “Ha devastado los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo”, dijo por ejemplo César Tolosa.

El voto particular que firmaron Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y Ricardo Enríquez para criticar la sentencia que amparó parcialmente a Magdalena Álvarez criticaba tanto las formas como el fondo de sus compañeros. Apunta al “tono reprobable”, “amonestaciones” e “innecesarias explicaciones” que el pleno usó para cuestionar la decisión del Supremo y la Audiencia de Sevilla, pero también al fondo de sus argumentos para tumbar buena parte de la sentencia.

El voto de Tolosa, suscrito por los otros tres discrepantes, denunciaba que la sentencia afectaba al “asunto de corrupción más importante de la historia reciente de España” y, al corregir al Supremo de forma inédita, “debilita los fundamentos del Estado de Derecho”, además de afectar a “la persecución eficaz de los delitos de corrupción institucionalizada cometidos por el Gobierno o sus miembros”.

En cuanto al fondo del asunto, el voto particular de los otros tres magistrados contrarios a la mayoría del pleno entiende que el Supremo y la Audiencia de Sevilla interpretaron correctamente los hechos y acertaron al condenar por prevaricación a todos los antiguos altos cargos de la Junta. “Han efectuado una interpretación razonada de los elementos del delito de prevaricación”.

Los de Magdalena Álvarez y Miguel Ángel Serrano no son los únicos casos de la trama de los ERE que va a estudiar el Tribunal Constitucional. Esta misma semana, el pleno analizará cuatro recursos más de condenados por prevaricación y malversación: Carmen Martínez Aguayo, Jesús María Rodríguez, Francisco Vallejo y Antonio Fernández. Será dentro de dos semanas cuando el pleno aborde los recursos, entre otros, de los expresidentes Chaves y Griñán.

La mayor parte de estas ponencias apuestan por seguir amparando de forma parcial a los antiguos altos cargos de la Junta condenados a prisión por prevaricación, aunque en algunos casos no se anule directamente toda la condena y se devuelva el caso a la Audiencia de Sevilla para que dicte sentencias nuevas. Hay pasos del proceso que desembocó en las ayudas que, según el Constitucional, sí fueron delictivos.

Es, por ejemplo, el caso de la ponencia sobre el caso de Antonio Fernández, exconsejero de Empleo condenado a 7 años y 11 meses de prisión. En su caso, el Constitucional analizará si ordena al tribunal andaluz dicte una nueva sentencia centrándose en las modificaciones presupuestarias de 2000 y 2001, pero dejando fuera de una hipotética condena el grueso de las acusaciones que pesan sobre él."                      (Alberto Pozas, eldiario.es, 02/07/24)

9.7.24

La pieza clave de la macrocausa contra la corrupción en Galicia, el caso Pokémon, se desinfla con penas menores

 "Fue un verdadero terremoto político y social con epicentro en el Juzgado de Instrucción Número 1 de Lugo. En el año 2011, en plena crisis económica internacional y cuando los recortes presupuestarios amenazaban las cuentas públicas a todos los niveles y el paro seguía disparado, la jueza Pilar de Lara lanzaba la llamada operación Pokémon.

El nombre de la operación vino dado por uno de los lemas del manga y videojuego japonés: "¡Hazte con todos!". Esa sería la intención de las empresas del grupo empresarial Véndex sobre contratos públicos con ayuntamientos gallegos de todo signo político, a los que en aquellos años de crisis e indignación social la instrucción de la jueza De Lara retrató como administraciones propicias para la corrupción, desde las alcaldías a los despachos del funcionariado. 

 Ha pasado ya casi media década y media. Y más de cuatro años desde que Pilar de Lara perdió su plaza en Lugo –actualmente ejerce en Ponferrada– a consecuencia de la sanción que le impuso el Poder Judicial por retrasar y acumular macrocausas. La principal de ellas era precisamente Pokémon, con sus incontables ramas que convulsionaron la política gallega. La considerada pieza principal o central, la que dio origen de uno o de otro modo a las demás, quedó resuelta finalmente a finales de junio con condenas relativamente menores pactadas con los acusados y escaso eco más allá de Lugo.

La pieza en cuestión fue la que enjuició la concesión ilegal del servicio de la grúa municipal del Ayuntamiento de Lugo en el año 2005 a la empresa asturiana Cechalva a través de un concurso público que, según quedó acreditado en el procedimiento, estaba amañado. El entonces concejal socialista y teniente de la alcaldía, Francisco Fernández Liñares era la pieza clave de la operación. Junto a él, un funcionario y un empresario lucense que contrataba habitualmente con el consistorio; ambos pasaron a ser copropietarios de Cechalva hasta controlar el 50% de la compañía y guiarla por un proceso hecho a medida. 

Siempre según el relato de hechos probados incluido en la sentencia y aceptado por los condenados mediante conformidad, la contrapartida por el concurso amañado era "abonar en efectivo a cantidad de 2.000 euros mensuales para pagar a las autoridades del Ayuntamiento como gratificación por la adjudicación del servicio". El funcionario implicado, Javier R., mantenía que "irían destinados al alcalde de Lugo", entonces el socialista Xosé López Orozco, pero "realmente, las cantidades iban destinadas" a Liñares. 

"Para tener dinero en efectivo con el que hacer frente a esos pagos y poder repartir entre ellos otras cantidades de dinero", continúa la sentencia, desde que Cechalva comenzó a operar en Lugo "diseñó y ejecutó" un sistema con "dos contabilidades diferentes". Una caja b basada en facturas falsas de múltiples empresas de la ciudad. Así sucedió hasta el año 2012.

En el caso de los pagos de 2.000 euros mensuales, indica el fallo judicial, fueron realizados desde 2006 y hasta julio de 2010. En total, 110.000 euros destinados a entregarse a Liñares "sin que exista constancia de que una parte de esa cantidad estuviera destinada a otras personas diferentes" –Orozco fue exonerado en este procedimiento en el final de la instrucción, como en todos los demás que le afectaban–. Además, "no puede descartarse" que el funcionario encargado del transporte del dinero no se "apropiara" cuando menos "de una parte".

Por todos estos hechos, las condenas pactadas alcanzan a once personas y dos empresas (Cechalva y Sanle). Las encabeza Liñares, actualmente en prisión por la condena que ya recibió en otra causa, considerado culpable de violación de secretos (seis meses de prisión), cohecho (un año), prevaricación (inhabilitación por dos años) y blanqueo (un año de prisión y multa de 75.000 euros). Según explicó su abogado a la prensa, esta condena no implicará que pase más tiempo en la cárcel.

El resto de condenas acordadas tampoco implicarán nuevas entradas en la cárcel. Entre otras razones, esto sucede porque "concurre respecto de todos los acusados la circunstancia atenuante por dilación extraordinaria del procedimiento", en su vertiente "muy cualificada", dada la enorme extensión del caso, durante más de una década.

Todo esto sucede después de que, como ya fue quedando acreditado en otras piezas de la operación, las mismas inconcreciones y dilaciones de la instrucción judicial propiciaron la exoneración de la empresa señalada como centro de la trama, Véndex. Del mismo modo, la enorme extensión de las pesquisas lanzadas por De Lara dio lugar a que uno de los señalados como líder de la trama en su parte empresarial, Gervasio R., se volviera ininputable por razones de salud."                  (David Lombao, InfoLibre, 08/07/24)

29.5.24

Una parte importante de los jueces de instrucción de Alacant están llevando a cabo interpretaciones progresivamente más exigentes y arbitrarias de las leyes que amparan a los inquilinos. Estos jueces están adaptando su criterio a las necesidades de los especuladores, dificultando la defensa del derecho a la vivienda y facilitando la concentración de la misma en las manos de los que quieren hacer negocios con ella

 "La situación de la vivienda en Alacant está llegando a su punto más crítico. Si todo continua a este ritmo, las probabilidades de un colapso inmobiliario son más que probables. La situación es ya desastrosa para la población: alquileres por encima del salario mínimo, concentración masiva de la vivienda en manos de inversores, crecimiento del número de desahucios, empeoramiento de las condiciones de habitabilidad, gentrificación, acoso inmobiliario por parte de los propietarios, aumento del sinhogarismo y colapso de los servicios sociales, entre otros muchos. La vivienda ocupa tal centralidad en la vida de los barrios que su desestabilización provoca una bola de nieve que también afecta a otros sectores.

Cuando se habla de los culpables de esta situación la cuestión se vuelve más compleja. Identificamos, principalmente, a los especuladores con sus diversas caretas: fondos de inversión, bancos, inmobiliarias, pequeños y medianos rentistas, y grandes tenedores de vivienda. Sin embargo, la experiencia del Sindicat de barri de Carolines hace hincapié en la importancia que están teniendo los juzgados de instrucción de Alacant a la hora de facilitar a estos especuladores desahuciar a las familias trabajadoras y hacerse con las viviendas para usarlas como un bien de mercado.

Según asegura el Sindicat, una parte importante de los jueces y juezas de instrucción de Alacant están llevando a cabo interpretaciones progresivamente más exigentes y arbitrarias de las leyes que amparan a los inquilinos. Estos jueces están, a juicio del Sindicat, adaptando su criterio a las necesidades de los especuladores, dificultando la defensa del derecho a la vivienda y facilitando la concentración de la misma en las manos de los que quieren hacer negocios con ella.

Vulneración del derecho a la vivienda: el “decreto antidesahucios”

Prueba de esta toma de posición en favor de los especuladores son, a juicio del Sindicat, las diferentes interpretaciones judiciales que se están llevando a cabo en los juzgados de instrucción de Alacant acerca del Real Decreto-ley 8/2023 del 27 de diciembre. Este decreto establece una serie de medidas extraordinarias destinadas a paliar los efectos económicos provocados por la situación geopolítica y sanitaria de los últimos años, y se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. En su artículo 87 establece el procedimiento para la “suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional”. En el mencionado artículo se puede leer que:

“El Juez, a la vista de la documentación presentada y del informe de servicios sociales, dictará un auto en el que acordará la suspensión del lanzamiento si se considera acreditada la situación de vulnerabilidad económica y, en su caso, que no debe prevalecer la vulnerabilidad del arrendador”.

Este punto da margen al juez para considerar si la persona es vulnerable o no en base a la información recibida, pudiendo desestimar la vulnerabilidad del demandado aun cuando existe un informe de Servicios Sociales que la acredite. Es precisamente gracias a esta ambigüedad del decreto-ley que los jueces de Alacant están aprovechando para introducir su ideología o su trato de favor hacia los especuladores y descartar una buena parte de los informes de vulnerabilidad expedidos por Servicios Sociales.

Este hecho suscita diversas preguntas: ¿desde cuándo un juez tiene más potestad que un trabajador social para acreditar la vulnerabilidad de una familia? ¿Por qué un juez puede desautorizar un informe de vulnerabilidad, más aún cuando es el trabajador social el que conoce a la perfección la situación de la familia frente al total desconocimiento de la misma por parte del juez?

Los autos judiciales en los que se desestiman los informes de vulnerabilidad expedidos por Servicios Sociales suelen apuntar en la misma dirección: por un lado, inciden en la falta de información suficiente para acreditar la vulnerabilidad económica del usuario. Por otro lado, también acusan la ausencia de medidas concretas aprobadas por Servicios Sociales para paliar el problema habitacional de la persona o familia vulnerable. Los jueces y juezas se suelen escudar en estos dos argumentos para denegar la vulnerabilidad del afectado.

No obstante, desde el Sindicat de barri de Carolines se han topado en diversas ocasiones con jueces que, a pesar de contar con informes de vulnerabilidad correctamente elaborados y dotados de medidas concretas, terminan por no considerar acreditada la vulnerabilidad del núcleo familiar y dar luz verde al desahucio del inmueble. En estos casos, las maniobras argumentales que se pueden leer en algunos autos son cuanto menos sorprendentes y denotan un interés particular en defender el derecho a la propiedad de los especuladores sobre el derecho a una vivienda digna que reclaman los sindicatos de vivienda.

La dudosa interpretación de una jueza: desahucio de un menor discapacitado

Uno de los casos más graves a los que se ha enfrentado el Sindicat se producía hace escasos días en el juzgado de instrucción número 12 de Alacant. Los afectados eran una madre soltera en paro y sus dos hijos, uno de ellos menor de edad y con un 38% de discapacidad. Caixabank les había quitado el piso por no poder hacer frente a la deuda contraída algunos años atrás. La jueza dictó un auto el 7 de marzo en el que fijaba la fecha de desahucio para el 22 de marzo, tan solo quince días después. Esto es algo sorprendente teniendo en cuenta las enormes dificultades para encontrar vivienda en una ciudad cuyo precio del alquiler ha subido un 20% en el último año.

Pero lo que más sorprendió al Sindicat fue el contenido mismo del auto judicial. La desestimación del informe de vulnerabilidad llevada a cabo por la jueza se sostenía, por una parte, en graves errores de interpretación y, por la otra, en afirmaciones sesgadas y poco acordes con el contenido mismo del informe. La jueza no consideró acreditada la vulnerabilidad de esta familia a raíz de una serie de equivocaciones y aserciones de dudosa veracidad en la lectura del informe de vulnerabilidad.

Aunque esta parte pueda resultar tediosa para el lector, creo conveniente analizar los argumentos de la jueza. El objetivo es ejemplificar qué exigencias y requisitos se plasman en los autos judiciales para justificar la no paralización del desahucio de una familia cuya vulnerabilidad ha sido acreditada. Al mismo tiempo, no podemos dejar pasar la oportunidad de resaltar como un auto judicial plagado de errores flagrantes pueden llevar al desahucio de una familia, desahucio que no habría tenido lugar si esos errores de interpretación no se hubieran producido. Es importante que la gente conozca de primera mano el modus operandi de los jueces, y que con esta información se elaboren estrategias más eficaces en la lucha por el derecho a la vivienda. Dicho esto, los puntos conflictivos del auto judicial son los cuatro siguientes:

En primer lugar, el auto afirma que “el documento aportado por la ejecutada se encuentra carente de validez dado que data del año 2017, es por lo expuesto que no concurren en el supuesto de Autos”. El informe de vulnerabilidad no es de 2017 tal y como indica la jueza, sino del año 2024. El error se debe a que en el mismo se indica —con letras grandes— que los criterios de vulnerabilidad fueron aprobados en el pleno del Ayuntamiento en 2017, pero en otro apartado se expone claramente —con letra más pequeña— que dicho informe se emite en febrero del 2024. Por lo tanto, y teniendo en cuenta que el informe es válido durante un año, es un error grosero por parte de la jueza decir que el informe carece de validez.

En segundo lugar, en el auto también se afirma que “la demandada percibe una pensión no contributiva” como un motivo de peso para denegar la vulnerabilidad. Una lectura superficial del informe de vulnerabilidad nos informa de que la demandada ha sido 'propuesta' para percibir el Ingreso Mínimo Vital y la Renta Valenciana de Inclusión, pero en el documento se especifica claramente que el cobro de las mismas no se ha iniciado. La demandada, por lo tanto, 'no percibe' ninguna ayuda social y sus ingresos rondan los 160 euros derivados de limpiezas esporádicas tal y como se especifica en el informe. De este modo, es totalmente falso que esté percibiendo una pensión no contributiva tal y como afirma la jueza en el auto.

En tercer lugar, parece ampliamente discutible y sesgada la siguiente afirmación: “La administración competente dada su facilidad probatoria no acredita en el informe tal y como menciona la legislación aplicable cuales son los mecanismos a adoptar por la administración competente para ofrecer una alternativa habitacional a la parte demandada en un plazo razonable”.

En el informe se expone que se ha llevado a cabo la inscripción de la afectada en la lista de espera para acceder al parque público de vivienda, que ha sido propuesta para una ayuda al alquiler y que se la va a orientar en la búsqueda de vivienda. Al mismo tiempo, el informe declara que Servicios Sociales no dispone de medidas destinadas a garantizar el derecho a la vivienda de manera estable, es decir, que no dispone de inmuebles propios en los que albergar a las familias vulnerables.

Esta falta de inmuebles propios es algo público y ampliamente conocido por toda la judicatura. Por lo tanto, no cabe bajo este supuesto el denegar la validez del informe de vulnerabilidad porque, en ese caso, dicha invalidez debería ser extensiva a la totalidad de los informes emitidos, lo cual carecería totalmente de sentido y descargaría en los afectados las consecuencias de lo que a todas luces es un problema de gestión pública por parte del Gobierno municipal. Por lo tanto, en el informe sí se detallan medidas concretas como para considerar que desde Servicios Sociales se está intentando paliar el problema de vivienda de la afectada.

En cuarto y último lugar, refiriéndose a la situación de vulnerabilidad de la afectada, la jueza indica que “el informe emitido no fundamenta ni motiva en que se basa dichas conclusiones dado que no se aporta el más mínimo documento que soporte dichas afirmaciones”. No obstante, el informe especifica que la demandada no tiene relación ni ayuda económica de su marido, que convive con un menor de edad discapacitado en un 38%, que se encuentra en situación de desempleo y que no tiene alternativa habitacional.

Esta información es suficiente para estimar la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra la afectada. Los documentos que acreditan dicha situación han sido debidamente considerados por Servicios Sociales en el ejercicio de sus funciones. Por lo tanto, resulta sorprendente que la jueza deniegue el informe de vulnerabilidad aludiendo que no se adjuntan los documentos que prueban estos hechos. La jueza bien podría solicitar dichos documentos a servicios sociales con anterioridad a dictar el auto para comprobar si efectivamente la afectada se ajusta a la información presentada en el informe. No obstante, ante la duda, la jueza opta por la presunción de no vulnerabilidad y falla a favor de los intereses del banco, dejando a una familia en la calle y sin alternativa habitacional aún a sabiendas de que la familia desahuciada podría estar amparada por el decreto-ley.

Desenlace “satisfactorio”: el Sindicat de barri de Carolines consigue aplazarlo

El abogado de la afectada presentó un recurso contra el auto aludiendo a los errores y las afirmaciones sesgadas anteriormente expuestas. La jueza desestimó el recurso y mantuvo el desahucio para el 22 de marzo. Afortunadamente, gracias a las negociaciones entre el Sindicat de barri de Carolines y Caixabank, se pudo aplazar el desahucio hasta el 29 de abril. Puede que no sea una gran victoria, pero para la afectada ha sido un alivio disponer de unas pocas semanas para encontrar una vivienda antes de abandonar la que durante los últimos veinte años ha sido su casa. Así se lo agradeció al Sindicat, del que ya forma parte.

Sin embargo, lo expuesto anteriormente puede llevar a conclusiones erróneas sobre la naturaleza del derecho. Los jueces o los juzgados de instrucción no son una institución burguesa movida bajo los hilos del capital. No representan los intereses de los especuladores por defecto, es decir, no son cómplices necesarios de estos últimos. Cada juez no se erige como representante de una gigantesca mente-colmena alfabetizada por la ideología burguesa. Estos planteamientos totalizantes y deterministas no sirven para entender cómo funciona el capitalismo a día de hoy.

Por el contrario, resulta evidente que no todos los jueces facilitan la expulsión de las familias trabajadoras de sus casas. Los sindicatos de vivienda cuentan con un largo historial de desahucios suspendidos por la vía judicial. Lo que ocurre es que la legislación existente da lugar a que la ideología de cada juez juegue un papel fundamental a la hora de decidir entre los intereses de los trabajadores o los de los especuladores. En este sentido, consideramos importante escenificar cómo la usurpación de la vivienda por parte del capital especulador requiere de cierta complicidad judicial. Un debate amplio sobre el infeliz matrimonio entre derecho y capitalismo deberá ser abordado en otro momento."              (Llorenç Saval, El Salto, 16/04/24)

8.5.24

Manos Limpias: génesis de la querella como arma política de la ultraderecha

 "Ruiz-Mateos fue pionero en presentar demandas y personarse como acusación particular en causas judiciales sobre la corrupción del PSOE. Manos Limpias y Miguel Ángel Rodríguez, como portavoz en el Gobierno de Aznar, sofisticaron el ‘modus operandi’ de las cloacas del Estado mediante bulos vertidos desde “pseudomedios” digitales.

La querella como herramienta política está instigada desde las facciones más ultraderechistas situadas en los márgenes del bipartidismo. Casi siempre se ejerce apelando a la supuesta corrupción de cualquiera que amenace la unidad de la patria. Es básicamente una de las patas de El Estado feroz, como lo describe Pablo Elorduy en un libro de próxima publicación, que se mueve entre el ultracatolicismo y el falangismo, personándose contra la alternativa progresista a través de jueces neoconservadores afines. Además, cuenta con medios de comunicación digitales propios que publican las informaciones sostenidas después desde distintas organizaciones, algunas de ellas incluso se presentan con banderas contra la corrupción, para iniciar casos contra adversarios políticos.

Este modus operandi comenzó a finales de los años 80, después de una de las intentonas de la ultraderecha española para formar un partido político fuera de lo que ahora conocemos como PP. Entre los ideólogos de este movimiento estaban dos nombres que trataron de capitalizar el descontento del imaginario social más reaccionario con el proceso de reforma del Régimen.

De un lado, Miguel Bernad, fundador del ahora conocido como ‘pseudosindicato’ Manos Limpias, exmiembro del otrora ‘sindicato’ Fuerza Nacional del Trabajo, y entonces secretario general del Frente Nacional. Si bien este fue disuelto en 1993, el primero sigue en activo y actualmente está estudiando transformar su denuncia contra Begoña Gómez en querella para estar personados en la causa contra la mujer del presidente del Gobierno.

De otro, Jesús Gil, cuya condena por estafa se extinguió en 2004, por fallecimiento. El entonces edil en Marbella y presidente del Atlético de Madrid estaba conspirando para crear un partido político con el fundador del grupo empresarial Nueva Rumasa, José María Ruiz-Mateos, cuyos seis hijos se enfrentan a día de hoy a 16 años de prisión por estafar a miles de inversores con la emisión de pagarés. El nuevo partido también iba a contar con el apoyo del industrial vasco Luis Olarra, que en los 70 participó en Unión Foral del País Vasco (UFV), una coalición que integró a Manuel Fraga Iribarne y Jaime Mayor Oreja.

La periodista Gloria Benítez escribió en Cambio 16 que a todos les unía “una desconfianza radical en los valores de la democracia”, si bien su comunión se torció cuando Olarra abandonó la idea. El resto de personajes acudieron a las elecciones por separado, cada uno bajo su propia sigla: Grupo Independiente Liberal y Agrupación Ruiz-Mateos. El propio Bernad se lamentaba en 1989 del fracaso de esta iniciativa política, señalando sobre la candidatura de Ruiz-Mateos que “200.000 de sus votos eran, en realidad, nuestros”.

Con las formaciones políticas de extrema derecha en horas bajas, algunos de los jugadores más trileros, como Ruiz-Mateos, siguieron otra década intentando erosionar a sus enemigos políticos, el Gobierno del PSOE, a través de información judicial recabada desde los propios juzgados y filtrada a los medios. Entre las figuras que participaron en estos procesos destacó un abogado de las cloacas del Estado, Emilio Rodríguez Menéndez, abogado de los policías imputados por el “caso Nani” en el juicio que comenzó a finales de los 80.

MAR y las cloacas del Estado

Tras el asalto al poder del autodenominado centro-derecha liberal, el PP comenzó a sofisticar la utilización de la querella como arma política. De hecho, el Secretario de Estado de Comunicaciones y portavoz del Gobierno de Aznar (1996-1998), Miguel Ángel Rodríguez, más conocido por MAR, y el autodenominado Sindicatos de Funcionarios Manos Limpias, creado en abril de 1995, iniciaron una campaña de desgaste contra el PSOE utilizando la desinformación y la querella judicial como herramienta política. Eran tiempos en los que desde la portavocía del Gobierno de José María Aznar, el ahora asesor de Isabel Díaz Ayuso llegó a amenazar al PSOE con desclasificar papeles del Centro Superior de Información de la Defensa (CESID) y con difundir información sobre los Fondos Reservados.

Paralelamente, Miguel Ángel Rodríguez estaba alimentando, con sus declaraciones en Moncloa y ante los medios de comunicación, una campaña judicial y mediática contra la gestión de los responsables de Hacienda del anterior Gobierno socialista, encabezado por Felipe González. Esta se centró en poner bajo sospecha una iniciativa de 1991, promovida por el entonces ministro de Economía Carlos Solchaga, para regularizar dinero negro de evasores que El País denominó como “caso Amnistía Fiscal”. Así, el PP, sofisticando el modus operandi de Ruiz-Mateos y Rodríguez Menéndez, denunciaba un presunto trato de favor a determinados contribuyentes. Pero el recorrido judicial de la denuncia concluyó con una sentencia del Tribunal Supremo en febrero de 1996.

Pero a raíz de una nueva denuncia del sindicato Manos Limpias, la Fiscalía General del Estado ordenó a la Fiscalía Anticorrupción que abriera diligencias de investigación para esclarecer los hechos. Estas fueron remitidas al juzgado central número 5 de la Audiencia Nacional, encabezado por Baltasar Garzón tras la denuncia interpuesta ante la Fiscalía Anticorrupción interpuesta por el pionero de la querella como arma política, Ruiz Mateos. Finalmente, el exsecretario de Estado rechazó la personación en el “caso Amnistía Fiscal” de Ruiz-Mateos, así como la de Manos Limpias, y archivó finalmente la causa en diciembre de 1997. 

Caso Roldán del PSOE

Aún podría mencionarse otro precedente en la sofisticación de la querella como estrategia política. En 1995, coincidiendo con la constitución del sindicato Manos Limpias, la Audiencia de Madrid desestimó el recurso de Unión del Pueblo Navarro (UPN), el partido que gobernaba en la Comunidad Foral, contra su personación en el caso que involucraba, en una trama de comisiones ilegales, al anterior director de la Guardia Civil, Luis Roldán, así como al expresidente del Gobierno navarro Gabriel Urralburu, a su vez secretario general del Partido Socialista Navarro.

Aunque UPN intentó personarse en el sumario de “la trama navarra del caso Roldán” como acusación particular, finalmente el juzgado nacional instó al partido político que concurría electoralmente con el PP a ejercitar la acción popular a través de Ruiz-Mateos, ya personado en la causa.

En el “caso Roldán” también estaba intentando personarse el abogado Emilio Rodríguez Menéndez, lo hacía en nombre de la Asociación de Estudios Penales, la misma organización con la que el abogado se había querellado por tráfico de influencias contra el hermano del vicepresidente socialista Alfonso Guerra en 1990 y con la que consiguió personarse años más tarde en el juicio por la malversación de los Fondos Reservados

Rodríguez Menéndez llegó a ser director de Ya, revista relacionada con la difusión del vídeo sexual del director de El Mundo, Pedro J. Ramírez, y fundador del medio Dígame, donde acusó de pedófilo al periodista Fernando Jáuregui. Al igual que el Ruiz-Mateos, el abogado Rodríguez Menéndez utilizaba las personaciones en macro-jucios para sacar información que bien filtraban a los medios o utilizaban para tratar de chantajear. En las siguientes décadas, la implicación de los medios en la estrategia de la querella como arma política ha enfangado aún más las decisiones judiciales y pervertido la profesión del periodista. (...)

Hasta entonces, la guerra sucia en el frente mediático se había centrado en las filtraciones procedentes de espías como Juan Alberto Perote, del fuego amigo del exbanquero Mario Conde, y de los intereses lucrativos de empresarios como Javier De La Rosa, por citar algunos casos sonados. En los últimos años, las filtraciones han cambiando ligeramente, teniendo como epicentro al excomisario José Manuel Villarejo, y han estado acompañadas del fuego aliado del extesorero Luis Bárcenas, así como de los intereses corporativos del empresario Juan Villalonga, por señalar algunos actores importantes de un estilo que se mantiene en el tiempo. Y han coincidido con los prolegómenos de la creación del partido ultraderechista VOX.

De aquellos polvos estos lodos. Mientras, junto a la Cope y Trece TV como mecanismos de esparcimiento de bulos, se desplegaban, dirigidos por el empresario navarro y exmiembro del PP catalán Julio Ariza, otros pseudomedios digitales como Radio Intereconomía, Toro TV y La Gaceta. Tas décadas de monopolio comunicativo y varios cierres judiciales de periódicos y revistas, comenzó a proliferar la amenaza de la desinformación con la creación de otros digitales como Ok Diario, Vozpópuli, The Objective, El Debate, El Cierre Digital, EDATV o 7NN. Todo ello mientras periodistas de Ahotsa, Argia y Hala Bedi eran víctimas de la Ley Mordaza. (...)

El rol de las asociaciones contra la corrupción

Sea como fuere, en los intentos de movilizar la querella como técnica de la ultraderecha ha tenido un papel fundamental el asociacionismo en la lucha contra la corrupción. A principios de los 90, la querella que desembocó en la investigación por el “caso Filesa”, ligado a la financiación del PSOE, fue obra de la Asociación contra la Injusticia y la Corrupción (AINCO), promocionada por Pedro J. Ramírez. En 2018, siguiendo el ejemplo de Manos Limpias, se creó la Asociación contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública (ACODAP). Tras ser promocionada por Javier Negre y Alvise Pérez en distintos espacios mediáticos, la organización pasó a especializarse en lanzar bulos. 

En cambio, las organizaciones que tenía un fin distinto al de la desinformación y la personación particular en juicios políticos corrieron una suerte distinta. Por ejemplo, la Asociación de Consumidores, Usuarios y Contribuyentes Kontuz! en el caso del saqueo de Caja Navarra, o la asociación Gidari en el caso Bidegi en Gipuzkoa. Ambas, sin ningún ánimo de lucro y tratando de velar por el bien común, sufrieron infinidad de obstáculos judiciales para poder personarse como acusaciones. Algo similar le ocurrió a la plataforma Nunca Máis, obligada a depositar una fianza de 3.000 euros para poder personarse en el “caso Prestige”.

En 2003, mucho antes de las denuncias de Podemos contra las cloacas del periodismo y contra la policía patriótica liderada por el ministro de Interior Jorge Fernández, hijo de militar navarro y casado con la hija de una raquetista de Mallabia, toda la oposición del Congreso de los Diputados en bloque criticó la orden del Fiscal General del Estado, Jesús Cardenal, de investigar a Nunca Máis por un presunto delito de estafa a raíz de la denuncia presentada por Manos Limpias.

Aunque la investigación fue archivada, la entidad ultraderechista, con la máquina de generar bulos bien engrasada, llegó a acusar a la plataforma gallega de destinar a fines políticos el dinero entregado por personas que pretendían colaborar de esta forma a reparar los daños causados por el vertido del buque Prestige.

Recordemos que antes de su nombramiento como Fiscal General en 1997, el juez Cardenal, quien junto al exsubsecretario de Justicia y exsecretario de Estado de Seguridad Ignacio Astarloa, hijo de un barítono de Mallabia y una soprano navarra, había protagonizado la tarea de ilegalizar Batasuna. Cardenal había sido profesor titular de Derecho Civil de la Facultad de Económicas de la Universidad del País Vasco, fiscal de la Audiencia Territorial de Bilbao y juez de menores de Bilbao. Allí nació precisamente el fundador del autodenominado Sindicato de Funcionarios Manos Limpias, Miguel Bernad.

Conexiones vascas

El asesor jurídico de Manos Limpias, Ramiro Grau, presentado en los mentideros como “el primer denunciante del caso Koldo“, un asunto que debe su nombre al exescolta vasco ascendido a edil socialista en Nafarroa y más tarde asesor del Gobierno español Koldo García, colabora habitualmente en “pseudomedios”, entre ellos, Alerta Digital. El citado “pesudomedio” promociona al expresidente de Falange Vasca, Santiago Fontenla, fundador de Minuto Digital y Alt News, director de Radio Cadena Española.

Fontenla está casado con la exsecretaria de Falange Vasca, Yolanda Couceiro, fichada por el PP tras liderar en Euskadi la Plataforma España y Libertad. De hecho, la Plataforma España y Libertad acompañó al PP y a Manos Limpias en distintas denuncias judiciales, como en el ”caso OPA sobre Endesa» en 2008 por presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias imputados a altos cargos del Gobierno socialista encabezado por José Luis Rodríguez Zapatero.

En 2018, el xenófobo Partido por la Libertad-Manos Limpias, liderado en Euskadi por Couceiro, trató de integrarse en VOX, formación política que ejerció la acusación en el juicio del 1-O catalán, dirigida por un exedil de Laudio, exjuntero alavés y exparlamentario vasco, Santiago Abascal. El de Amurrio fue miembro del PP, al igual que un correligionario suyo en VOX, el exfalangista Jorge Buxadé.

Asimismo, la constitución de VOX no podría entenderse sin María San Gil, expresidenta del PP vasco que hizo de celestina entre Abascal y el exfalangista Javier Ortega Smith, ni sin Vidal-Quadras, expresidente del PP catalán y cuyo hijo llegó a ser consejero de la productora de televisión vasca 3 Koma. (...)"                  (Ahoztar Zelaieta  , El Salto, 06/05/24)