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21.2.24

Denuncian que en los últimos años se ha generalizado la persecución judicial a los periodistas y denunciantes de corrupción que resultan molestos para políticos, bancos y grandes empresas... Ejemplo de ello es el abogado y accionista del Banco Santander que ha demandado a dicha entidad y a sus dirigentes... Esas intervenciones han generado un malestar en las altas esferas de Banco Santander que han formulado una acusación en los juzgados de instrucción de Madrid en la que se le acusa de calumnias e injurias... El abogado ha calificado esta acción como represalia, algo que está expresamente prohibido por la Directiva Europea de protección a los denunciantes de corrupción

 "Los últimos acontecimientos sociopolíticos en España han popularizado el término ‘lawfare’, que define una campaña de guerra jurídica mediante la instrumentalización de la justicia con acoso y persecución judicial, con apariencia de legalidad, para tratar de perjudicar y desprestigiar al adversario y con la finalidad coactiva de que desista de alguna actuación molesta.

La proliferación de acciones judiciales formuladas por bancos, grandes empresas y el establishment contra periodistas, abogados, activistas y denunciantes de corrupción por sus críticas públicas y denuncias de actuaciones irregulares se ha generalizado de tal forma que la Unión Europea se ha visto obligada a redactar una propuesta de Directiva contra las Demandas Estratégicas Contra la Participación Pública (DECPP).

El año pasado infinidad de periodistas, abogados y denunciantes de corrupción han denunciado públicamente que han sido presuntamente represaliados, perseguidos judicialmente o coaccionados por denunciar actividades ilícitas de grandes empresas, políticos, jueces o empresarios.

Ejemplo de ello es el abogado y accionista del Banco Santander que ha demandado a dicha entidad y a sus dirigentes, entre ellos a su presidenta Ana Patricia Botín, por presunta manipulación de la junta de accionistas, intervención en la estafa piramidal de Madoff y otras actuaciones presuntamente ilícitas de los directivos del banco cántabro y miembros de la familia Botín que, supuestamente, habrían acarreado perjuicios a la entidad, a sus accionistas y clientes del banco.

El abogado ejerce la defensa de su cliente y de los intereses de los accionistas minoritarios ante los tribunales y en las juntas del Banco Santander, haciendo mención a esas presuntas actuaciones irregulares de la entidad financiera.

Esas intervenciones han generado un malestar en las altas esferas de Banco Santander que, según fuentes consultadas por este medio, han formulado una acusación en los juzgados de instrucción de Madrid en la que se le acusa de calumnias e injurias por haber presentado varios escritos de recusación en los que se aportaba información en la que se expresaba el indicio de la supuesta existencia de cuentas bancarias que presuntamente podrían ser de miembros de la judicatura.

El abogado ha calificado esta acción como represalia, algo que está expresamente prohibido por la Directiva Europea de protección a los denunciantes de corrupción que ya ha sido traspuesta al ordenamiento jurídico español.  

Según ha podido saber este medio, el letrado habría solicitado a la Audiencia Provincial de Madrid y a juzgados de lo Mercantil y de Instrucción de Madrid que llevasen a cabo una averiguación de esos presuntos hechos a través de la petición por parte de los magistrados de comisiones rogatorias a las autoridades y bancos extranjeros que permitiesen confirmar o negar la existencia de las cuentas bancarias. Los organismos judiciales se han negado a reclamar esa información.

Según el abogado, ante el presunto intento de represalia mediante ‘lawfare’ desencadenado por Banco Santander contra su propio accionista, éste se ha visto obligado a solicitar al Gobierno que proceda a aprobar una ley orgánica para amnistiar a todos los periodistas, abogados, comunicadores o denunciantes de corrupción que, como él, se ven a diario perseguidos por ejercitar el derecho de información o defensa con libertad de expresión en los medios de comunicación o en los tribunales.

En dicha petición, el abogado hace referencia a las distintas recomendaciones de organizaciones internacionales e iniciativas legislativas de los parlamentos español y europeo para la despenalización de los delitos de difamación y para la protección contra las demandas abusivas que las grandes empresas, poderosos y grupos de presión vienen instrumentalizando en los últimos años para acallar a informadores, alertadores, abogados y activistas denunciantes de corrupción que alzan la voz para denunciar actos irregulares y defender los derechos de los consumidores y los ciudadanos en general.

Recientemente, una sentencia del Tribunal Supremo ha absuelto a un abogado que acusó a un juez de prevaricar dentro de una causa por estafa procesal. La sentencia del Supremo mantiene que el abogado, en el contexto forense y del derecho de defensa de un escrito en un proceso penal que no trascendió fuera del procedimiento, estaba amparado por la libertad de expresión para poder hacer criticas contundentes sobre la labor jurisdiccional del togado. Además, se declara que los jueces, por razón de las responsabilidades de su función pública, están obligados a soportar el escrutinio social y tolerar críticas más duras que los ciudadanos que no ostentan cargos públicos.

Por otro lado, la propia jurisprudencia del Tribunal Supremo pondría de manifiesto la inconsistencia de la acusación del Santander contra el abogado y de otras muchas que se producen a diario en los juzgados españoles de distinta instancia y la pertinencia de que el juzgado ordenase su sobreseimiento al ser un ejemplo más del ‘lawfare’ contra el derecho a la libertad de expresión consagrado en el artículo 20 de la Constitución.

Se espera que esta iniciativa tenga eco entre los grupos parlamentarios y se proceda a proteger a los que se atreven a criticar de forma pública las actuaciones irregulares de aquellos que se creen impunes ante la Justicia por la protección que se les facilita, en ocasiones, mediante ‘lawfare’."                (J. A. Gómez, Diario16, 08/02/24)

27.10.23

Resolución histórica: una interina que sufrió represalias por denunciar corrupción obtiene la protección de la Administración Pública... A la denunciante se le llegaron a negar injustificadamente las certificaciones necesarias para respaldar sus méritos en un proceso de estabilización de plazas

 "La Oficina Antifraude de Cataluña ha dictado una histórica resolución en España para salvaguardar los derechos de una interina que denunció actos de corrupción en su lugar de trabajo. Este importante logro se ha producido en una destacada Administración pública de la provincia de Barcelona, y garantiza que la interina no sufrirá represalias por su valiente denuncia.

Esta decisión se fundamenta en la reconocida Directiva Whistleblower 2019/1937 de la Unión Europea, la cual establece un marco legal que protege a quienes informan sobre infracciones al Derecho de la UE, así como a su entorno familiar y empresarial.

También se ha tenido en cuenta la Ley 2/2023 de 20 de febrero, que regula la protección de personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción. Esta ley reciente prohíbe expresamente represalias y amenazas contra quienes denuncien o informen sobre una infracción cometida o que pueda cometerse. Las represalias incluyen la suspensión del contrato laboral, el despido, daños de cualquier tipo y evaluaciones negativas en cuanto al desempeño laboral o profesional.

En este caso, la interina denunció posibles irregularidades en el nombramiento de funcionarios interinos por parte de la entidad local, alegando que no se habían acreditado debidamente las circunstancias de urgencia y excepcionalidad requeridas. Además, también denunció otras cuestiones relacionadas con la contratación de personal.

Josep Jover, abogado especializado en protección de denunciantes, ha señalado a Diario16 que a partir de ahora la interina gozará de ciertos derechos, como el acceso a la justicia gratuita y la atención psicológica. Además, no podrá ser despedida y la administración pública tendrá prohibida la asignación de tareas junto a compañeros con los que haya tenido problemas previos. La resolución es definitiva y no admite ningún recurso en su contra, tal como establece la Directiva correspondiente.

Esta normativa debe implementarse en todas las administraciones y empresas públicas, así como en empresas privadas con una plantilla de 50 empleados o más, o que cumplan ciertas condiciones relacionadas con la legislación de blanqueo de capitales.

En este momento sólo existen dos único buzónes de denuncias públicos que es el de la Agencia Antifrau de Catalunya, y el de la valenciana. A éstos se les debe sumar los diferentes privados como, por ejemplo, el de ASPERTIC-VIADENUNCIA.

Después de realizar la denuncia, la interina afirmó haber sufrido acoso laboral, sobre lo cual la Inspección de Trabajo estaba también informada. Además, señaló que se tomaron represalias en su contra que se sustanciaron concretamente en su participación en un proceso de estabilización de plazas, donde se le negaron injustificadamente las certificaciones necesarias para respaldar sus méritos según las bases del proceso de selección. Esto resultó en un cálculo arbitrario e irrazonable de sus méritos, ignorando períodos de servicio y funciones desempeñadas.

La interina también hizo hincapié en el favoritismo injustificado en los méritos de otra candidata, lo cual le impidió participar en el proceso de estabilización de empleo. Atribuyó este perjuicio directamente a su condición de denunciante.

La resolución de la Oficina Antifraude de Cataluña, a la que Diario16 ha tenido acceso, constató, a través de fuentes abiertas en la publicación del proceso de convocatoria por parte de la entidad local, las diferencias en la puntuación otorgada durante el proceso de estabilización, tal como lo había denunciado la interina. Estas diferencias fueron consideradas como perjuicio y consecuencia directa de las acciones de represalia.

Desde la emisión de esta resolución, que tuvo lugar el pasado martes, la denunciante se encuentra protegida y respaldada por las autoridades."                     (J. A. Gómez, Diario16, 25/05/23)

28.8.23

La antigua rastreadora del saqueo corrupto: “A Carlos Mazón no le importa recuperar el dinero robado por el PP... hasta que salimos del Gobierno, el Consell consiguió recuperar más de ocho millones de euros para las arcas públicas”... Ana Domínguez, exresponsable de la Oficina de Recuperación de Activos de la Generalitat Valenciana, cifra en 12 millones de euros el dinero pendiente de restituir a las arcas autonómicas por causas de corrupciónv.

 "La Oficina de Recuperación de Activos, el órgano de coordinación creado por el Gobierno valenciano del Pacte del Botànic presidido durante ocho años por Ximo Puig, logró recuperar más de 12 millones de euros y tenía pendiente restituir a las arcas autonómicas otros ocho. Su última responsable, la socialista Ana Domínguez, se muestra tajante ante la decisión del nuevo Ejecutivo del PP y Vox, presidido por Carlos Mazón, de cerrar el organismo: “Lo teníamos prácticamente claro que lo iban a hacer en cuanto llegaran al Gobierno pero es que no han tardado ni un mes”, afirma Domínguez, ex directora general de Relaciones con Les Corts de la Generalitat Valenciana.

Su eliminación ha sido una de las medidas más polémicas de Mazón, quien justificó la decisión por la supuesta “politización” del organismo. Creado durante la primera legislatura del Pacte del Botànic, formado por el PSPV-PSOE y Compromís, el socialista Antonio Torres fue su primer responsable. La Oficina de Recuperación de Activos, adscrita a la Presidencia de la Generalitat Valenciana, tenía un único objetivo en coordinación con la Abogacía: “Recuperar el dinero que el PP cuando estuvo gobernando robó a los valencianos y las valencianas”, explica Domínguez.

Así, el organismo mantenía un “seguimiento muchísimo más detallado de todos los procesos administrativos y judiciales” susceptibles de recuperar los fondos saqueados por tramas de corrupción como el 'caso Blasco', el desvío de los fondos públicos de la Cooperación valenciana, el 'caso Terra Mítica' o el 'caso Emarsa', entre otros. También se encargaba del seguimiento de las ejecuciones de las sentencias firmes. 

 “El tiempo ha demostrado que la creación de esa oficina tenía mucho sentido, porque hasta que salimos del Gobierno, el Consell consiguió recuperar más de ocho millones de euros para las arcas públicas y tenía pendientes de ingresar, a medida que avanzaban los diferentes procesos, otros cuatro millones de euros”, aduce Ana Domínguez.

Además de esos 12 millones de euros que fueron recuperados por las arcas de la Generalitat Valenciana, en otra procedimientos se estima que que quedan pendientes otros 12 millones adicionales. “Es decir, podríamos acercarnos a los 20 millones de euros”, recuerda Domínguez.

Durante su trayectoria la Oficina de Recuperación de Activos se hizo con 3,3 millones de euros de la red de facturas falsas en la construcción del parque temático Terra Mítica en Benidorm, con dos millones de euros del 'caso Blasco' y con 1,3 millones del 'caso Emarsa'.

En la macrocausa que condenó al exconseller popular Rafael Blasco, el organismo aún tenía pendiente la recuperación de los bienes de su testaferro, el empresario César Augusto Tauroni. “En este momento estábamos detrás y en constante comunicación con las autoridades judiciales de Estados Unidos y Canadá de cómo iba evolucionando el procedimiento de embargo de los bienes de Tauroni, un yate y dos apartamentos”.

El president Carlos Mazón justificó el cierre de la oficina con el argumento de que el nuevo Gobierno de PP y Vox pretende “despolitizar” la recuperación de fondos de corrupción, actuando “con profesionalidad”, para llegar a “todos” los casos. “No hay ninguna eliminación, lo que hemos hecho es despolitizarlo”, adujo Mazón, quien explicó que se había encomendado la tarea a la Abogacía de la Generalitat.

“Evidentemente que diga Mazón que esta oficina es poco menos que un chiringuito da buena cuenta de cómo piensa el PP que funcionan las administraciones públicas”, afirma Domínguez. “Esta oficina nace única y exclusivamente para recuperar el dinero que se había robado por parte de su partido cuando estaban gobernando y lo primero que ha hecho en verano, con nocturnidad y alevosía para que la cosa pase desapercibida, es cargarse la oficina”, agrega su última responsable.

“Me parece una autentica vergüenza que digan a las claras que no les importa recuperar el dinero que sus compañeros de partido y algunos de sus padrinos políticos robaron”, afirma Domínguez en referencia al expresidente Eduardo Zaplana, pendiente de juicio por el 'caso Erial', una causa en la que el Ministerio Fiscal estima que se manejaron 20,6 millones de euros en “operaciones de corrupción”.

“Da buena cuenta de lo que nos espera en los próximos años”, concluye Ana Domínguez."                (Lucas Marco, eldiario.es, 27/08/23)

19.6.23

Jueces corruptos españoles, Europa va a por vosotros... La Comisión, el Parlamento y el Consejo Europeo han iniciado los procedimientos para endurecer la legislación anticorrupción de la Unión Europea y, según las pautas marcadas, parecen diseñadas exprofeso para frenar la corrupción judicial que en España ya es alarmante... Europa está harta de España y de los problemas que genera la Administración de Justicia. Cada año llegan miles de denuncias ante la Comisión, la Fiscalía Europea o la Oficina Anticorrupción en las que se señala un incremento alarmante de la corrupción judicial en España... y es que En España, hay jueces de lo mercantil que han hecho fortuna con los concursos a empresas otorgados de manera poco transparente a determinados administradores concursales. También dictan sentencias favorables a grandes empresas, multinacionales y familias de rancio abolengo en las que no se han tomado en cuenta las pruebas presentadas en los procedimientos

 "Tanto desde la política como desde determinados lobbies mediáticos se insiste en que el mayor problema de la Justicia en España es la paralización de la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Esto es falso porque, sí, que el Partido Popular se haya negado a renovar los órganos constitucionales es muy grave. Sin embargo, el único gran problema que tiene la Justicia en España es el elevado nivel de corrupción existente que está inundando todas las instancias.

No se puede generalizar porque sería injusto. No todos los jueces en España son unos corruptos. Es más, la mayoría de ellos no lo son y realizan su trabajo mejor o peor en función de sus capacidades y del nivel de soberbia que apliquen en procedimientos. No obstante, es un hecho que el nivel de corrupción judicial se acrecienta en los juzgados de lo Mercantil y en las instancias superiores, donde la ponzoña toca a la gran mayoría de sus miembros. Esto debería colocar a España en estado de crisis democrática, pero ningún gobierno, ni del PP, ni del PSOE, ni de coalición progresista se atreve a meterle mano a la Justicia. Por algo será.

Diario16 lleva años en contacto con distintas fuentes en las distintas instituciones de la Unión Europea y lo que nos dicen de manera extraoficial (o en off the record) es que Europa está harta de España y de los problemas que genera la Administración de Justicia. Cada año llegan miles de denuncias ante la Comisión, la Fiscalía Europea o la Oficina Anticorrupción en las que se señala un incremento alarmante de la corrupción judicial en España.

Por esta razón, las nuevas medidas anunciadas el pasado mes de mayo tanto por la Comisión, como por el Parlamento y el Consejo Europeo, parecen hechas exprofeso para intentar poner fin a la corrupción judicial en España.

Muchos ciudadanos piensan que la ineficacia de los tribunales está causada por la falta de recursos y por el exceso de trabajo al que se ven sometidos los jueces. Puede ser cierto. También se da por hecho que si un ciudadano se enfrenta a una gran compañía o una gran familia, entonces va a perder. Esto ya es muy grave per se, porque determina que decenas de miles de personas perjudicadas o estafadas por los poderes económicos, financieros y empresariales dejan de acudir a los tribunales porque saben que, de mano, lo tienen perdido.

Los juzgados españoles se han convertido en un verdadero mercado persa, donde, en ocasiones, da la impresión de que los jueces actúan de una manera para, posteriormente, hacer lo contrario para dar la razón a los poderosos y que este comportamiento no es más que una supuesta maniobra para subir «el caché». Esto ha sido corroborado a Diario16 por exmagistrados y exmagistradas de audiencias provinciales y tribunales superiores de Justicia que, por decencia y por ética, abandonaron voluntariamente sus puestos por no soportar lo que sus ojos veían o por no ceder a las presiones para que formaran parte de un sistema corrupto.

En España, hay jueces de lo mercantil que han hecho fortuna con los concursos a empresas otorgados de manera poco transparente a determinados administradores concursales. También dictan sentencias favorables a grandes empresas, multinacionales y familias de rancio abolengo en las que no se han tomado en cuenta las pruebas presentadas en los procedimientos.

Europa se harta

Por esa razón, Europa está harta y ha decidido endurecer las medidas anticorrupción con una ampliación de los delitos. «La integridad, la transparencia y la lucha contra la corrupción son compromisos políticos claros de la Unión. El actual conjunto de propuestas reforzará aún más la lucha contra la corrupción en la UE, elevando las normas de la legislación de la UE para garantizar una mejor prevención y lucha contra la corrupción, así como estableciendo un mecanismo internacional de sanciones», afirma la UE.

La propuesta de Directiva establece normas sobre las definiciones y sanciones de los delitos de corrupción. Amplía la lista de delitos de corrupción para abarcar la apropiación indebida, el tráfico de influencias, el abuso de funciones, así como la obstrucción a la justicia y el enriquecimiento ilícito relacionado con los delitos de corrupción, más allá de los delitos de soborno más clásicos. Como se puede comprobar, son delitos intrínsecos a la corrupción judicial.

La Unión Europea también establece niveles de pena coherentes, así como circunstancias agravantes, entre las que señala directamente a los jueces. o es responsable de la aplicación de la ley.

Por primera vez a escala de la UE, la propuesta reúne la corrupción de los sectores público y privado en un solo acto jurídico. También establece requisitos claros de control e información para facilitar la aplicación de la ley.

«La propuesta también reforzará la aplicación de la ley. Los informes sobre el Estado de Derecho han puesto de manifiesto que unos sistemas de justicia penal eficaces, dotados de los instrumentos adecuados para luchar contra la corrupción, son fundamentales para mantener unos niveles elevados. La Directiva facilitará una lucha eficaz contra la corrupción en toda la UE, proporcionando normas mínimas para hacer frente a la compleja red de actividades interrelacionadas que alimentan la corrupción en las sociedades actuales. Abordará factores clave para una lucha eficaz contra la corrupción, como la capacidad, la especialización y el acceso a las herramientas de investigación pertinentes, así como los obstáculos a la investigación y el enjuiciamiento efectivos, como los procedimientos onerosos y opacos para levantar inmunidades o los plazos de prescripción excesivamente cortos para los delitos de corrupción», advierten desde la Unión Europea.

En España, por culpa de la corrupción judicial, no existe un sistema institucional basado en la integridad, la transparencia y la rendición de cuentas. Los enfoques anticorrupción eficaces suelen basarse en medidas para mejorar la transparencia, la ética y la integridad, así como en la regulación de ámbitos como los conflictos de intereses, los grupos de presión y las puertas giratorias. Es decir, todo lo contrario que sucede en España, donde hay jueces y fiscales que salen voluntariamente de la carrera para ganar millones de euros en despachos de abogados privados, o donde los grandes bufetes ignoran los conflictos de interés para generar un escenario de presión constante (el económico incluido) que favorezca a sus clientes.

La experiencia demuestra que una respuesta firme a la corrupción se basa en sistemas para prevenir y abordar los conflictos de intereses; en el establecimiento de registros de transparencia y de grupos de presión; y en la creación de mecanismos viables para la divulgación y verificación de los bienes e intereses de los funcionarios públicos. No es posible que en España haya cientos de jueces que se niegan a dictar comisiones rogatorias a bancos extranjeros para perseguir el lugar donde se esconde el dinero de la corrupción en España en todos sus elementos: política, empresarial, bancaria, y, sobre todo, la judicial.

«La transparencia no sólo es fundamental para la responsabilidad política, sino también para la integridad. Un sistema basado en la transparencia en la toma de decisiones y su aplicación es crucial para cerrar el paso a la corrupción. Las transacciones digitales y la publicación de datos financieros y de otro tipo por parte de los organismos públicos también dificultan los intercambios corruptos. Unos marcos éticos fuertes y claros, con las estructuras e instituciones necesarias para funcionar bien, son herramientas poderosas. También existe una importante dimensión internacional: como parte de la próxima iniciativa de Defensa de la Democracia, la Comisión presentará legislación sobre la transparencia de la representación de intereses extranjeros, para limitar el riesgo de injerencias encubiertas en los procesos combatir mejor la corrupción en la UE y mejorar la coordinación de las actuaciones a escala nacional y de la UE», advierten tanto la Comisión como el Parlamento y el Consejo."          (J. A. Gómez, Diario16, 16/06/23)

15.5.23

Europa acaba con la impunidad de los jueces españoles... Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea señala que los órganos responsables de los procedimientos disciplinarios contra los jueces deben ser independientes e imparciales, por tanto, el actual sistema español por el que se archivan decenas de miles de denuncias queda absolutamente desacreditado

 "El mayor problema que tiene España no es la inflación, el desempleo, la incapacidad política, la Monarquía o la corrupción. La Justicia se ha convertido en la mayor problemática que afecta a la vida de los ciudadanos de una manera directa puesto que, además de la confirmada corrupción judicial existente, se suma la impunidad de los jueces ante los continuos atropellos que perpetran día sí y día también.

En España no hay justicia, salvo que tengas la posibilidad de contratar a los grandes despachos de abogados que pueden resolver asuntos espinosos de manera directa o a través del tráfico de influencias que tan bien pagan. A ese nivel no pueden llegar el 99% de los ciudadanos y, en consecuencia, el 1% restante es el que se lleva, en la mayoría de los casos, las sentencias favorables.

La problemática de la justicia en España no está en el bloqueo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) o en las mayorías de jueces conservadores o progresistas que sirven de correa de transmisión de los intereses políticos. El problema de la justicia en este país es que el propio sistema ha creado un escenario basado en la más absoluta impunidad.

Tal y como publicamos y analizamos en Diario16, la ley española viola la Constitución para blindar a los jueces, dado que la aplicación que se hace de la recusación en los procedimientos judiciales conculca derechos fundamentales y constitucionales. Además, causa indefensión a la parte recusante al limitar sus derechos de defensa, audiencia, contradicción y prueba.

 Además, según expertos juristas consultados por Diario16, es manifiestamente inconstitucional, nula y contraria al Derecho de la Unión Europea y a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos porque otorga unos privilegios de tratamiento para los jueces y magistrados que no ostenta ningún otro ciudadano.

Por otro lado, está el modo en que se gestionan las acciones disciplinarias contra los jueces porque es una evidencia de que no es muy ético, por no decir alegal. Una persona que tenga que juzgar a otra tiene que ser absolutamente libre e independiente. Sin embargo, en España, los jueces son los que juzgan a sus compañeros de carrera profesional, lo que provoca que las barrabasadas legales que se ejecutan en España pasen sin ningún tipo de sanción disciplinaria.

Sin embargo, una vez más ha tenido que ser Europa la que entre en juego y dicte jurisprudencia que es de obligado cumplimiento para todos los Estados miembro de la Unión Europea.

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha determinado que e órgano responsable de los procedimientos disciplinarios contra los jueces debe ser independiente e imparcial. Esto no sucede en España, puesto que a la hora de interponer sanciones contra un juez o magistrado, la responsabilidad recae sobre la Comisión Disciplinaria y el Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ. Jueces juzgando a jueces.

La sentencia del TJUE confirma su jurisprudencia por la que el régimen disciplinario aplicable a los jueces que pueden tener que aplicar el Derecho de la Unión debe presentar las garantías necesarias para evitar cualquier riesgo de que dicho régimen se utilice como instrumento de control de sus actividades.

En consecuencia, las normas que regulan la organización y el funcionamiento de un órgano competente para llevar a cabo las investigaciones disciplinarias y para ejercer una acción disciplinaria contra jueces y fiscales deben respetar las exigencias que se derivan del Derecho de la Unión y, en particular, del Estado de Derecho.

Según indicaban las conclusiones del Abogado General de la UE, «las garantías de independencia e imparcialidad exigidas en virtud del Derecho de la Unión postulan la existencia de normas, en particular en lo relativo a la composición del órgano, el nombramiento, la duración de las funciones así como las causas de abstención, recusación y cese de los sus miembros, que permiten disipar cualquier duda legítima, en la mente de los litigantes, sobre la impermeabilidad de este órgano frente a los elementos externos y su neutralidad frente a los conflictos de intereses».

Además, un aspecto muy importante de esta sentencia es el hecho de que no indique en ningún momento que ese órgano tenga que estar constituido por jueces porque, evidentemente, la independencia y la imparcialidad quedarían muy en duda."         (José Antonio gómez, Diario16, 13/05/23)

28.9.22

Si de verdad queremos atajar la corrupción, el delito de prevaricación debe entrañar pena de cárcel. Para evitar, por ejemplo, aberraciones como esta: "Condenada la exalcaldesa de Manilva por 749 contratos “a dedo”. Antonia Muñoz contrató personal “sin procedimiento legal alguno” entre 2007 y 2013 para este municipio de la Costa del Sol"

Max Pradera @maxpradera

Si de verdad queremos atajar la corrupción, el delito de prevaricación debe entrañar pena de cárcel. Para evitar, por ejemplo, aberraciones como esta: Antonia Muñoz: Condenada la exalcaldesa de Manilva por 749 contratos “a dedo” | España | EL PAÍS

4:12 p. m. · 23 ago. 2022
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 "Condenada la exalcaldesa de Manilva por 749 contratos “a dedo”. Antonia Muñoz contrató personal “sin procedimiento legal alguno” entre 2007 y 2013 para este municipio de la Costa del Sol, cuyo actual regidor tiene dos causas judiciales pendientes.

 Cuando se destapó el caso Malaya de corrupción política en 2006, todas las cámaras enfocaron hacia Marbella. La presión mediática creció con las idas y venidas de implicados como Julián Muñoz o Isabel Pantoja, hasta que en 2013 el juez dictó sentencia. Sin embargo, en esos mismos años y a poco más de 40 kilómetros de distancia, el Ayuntamiento de Manilva (16.894 habitantes) pasaba desapercibido mientras contrataba a dedo a cientos de personas. Es justo lo que ha declarado probado una sentencia de la Audiencia de Málaga, que ha condenado a nueve años de inhabilitación para cargo o empleo público a la entonces alcaldesa Antonia Muñoz. Lo hace por un delito continuado de prevaricación administrativa tras realizar 749 contratos de trabajo “sin procedimiento legal alguno” entre los años 2007 y 2013. Muñoz tiene otras dos causas judiciales pendientes, en ambos casos, junto al alcalde actual, Mario Jiménez.

Muñoz llegó a la alcaldía de Manilva —uno de los municipios más pequeños de la Costa del Sol— en 1999 con Izquierda Unida, pero perdió el cargo un año después tras una moción de censura promovida por el GIL de Jesús Gil y el socialista Emilio López Berenguer, que ocupó su puesto y fue expulsado del PSOE por ello. La inestabilidad política local se sucedió en los años siguientes. En 2003 ganó las elecciones el antiguo gilista Pedro Tirado (entonces en el Partido Democrático de Manilva), quien fue detenido dos años después en la operación Ballena Blanca y que tenía en casa 770.000 euros en billetes de 500 euros enrollados y sujetos con gomas. Le sucedió Salvador Zotano, del PSOE, partido que también lo expulsó por desobediencia.

La convulsa situación política parecía encauzarse en 2007 con la vuelta de Antonia Muñoz, pero ahí es donde sitúa el juez el inicio de las contrataciones irregulares. Según la sentencia de la Sección Novena de la Audiencia de Málaga, la exalcaldesa se valió de dos sociedades municipales — Fundación de Manilva para el Desarrollo y la Sociedad Deportiva Manilva— para contratar “de manera sistemática” a personal del Ayuntamiento “prescindiendo de todo procedimiento legal, sin proceso de selección, sin atención a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, simplemente eligiendo de forma personalista a aquellos que decidía contratar”. El fallo judicial cifra en 749 contratos de trabajo los realizados por Muñoz entre 2007 y 2013, muchos de ellos iniciados de forma temporal y que se transformaban al tiempo en indefinidos.

“El Ayuntamiento se encontraba de forma repentina con trabajadores que ni siquiera habían sido nombrados legalmente a los que había que pagar la nómina”, recoge la sentencia, que subraya cómo se eliminó una convocatoria pública de 201 plazas “por razones políticas”, según declaró un testigo. También destaca que la Intervención municipal avisó de la ilegalidad de las contrataciones en distintas ocasiones, pero la exalcaldesa no hizo caso. En uno de sus informes, la interventora afirmaba que “salvo cuatro administrativos, un ingeniero técnico, los policías locales, el secretario” y ella misma, el resto del personal —que sumaba 518 empleados municipales— se encontraba en situación de interinidad. “Lejos de solucionar el problema de que todo ese personal carecía de consignación presupuestaria, [se] contrató a más de 400 personas más”, continúa el texto de la Audiencia de Málaga. Entre los referidos, como denunció entonces el comité de empresa, a toda la lista de IU y decenas de familiares directos o políticos.

Muñoz se defendió durante el juicio —celebrado en enero y febrero pasados— argumentando que este tipo de contrataciones irregulares ocurrían antes y después de su mandato. También explicó que, dada su formación como auxiliar de administrativo, carecía de conocimiento sobre los procedimientos y que toda su actuación se derivó de su “buena intención política”. El tribunal ha respondido que “es evidente” que quien “se presenta a un cargo público en principio se sobreentiende que cuenta con unas nociones, cuando menos mínimas, de sus tareas y responsabilidades que asume” y que cuenta con asesoría técnica para resolver cualquier duda.

Por todo ello, la exregidora ha sido declarada “autora criminalmente responsable de un delito continuado de prevaricación administrativa” y condenada a una pena de inhabilitación para todo cargo o empleo público durante nueve años. También ha sido condenado el que fuera su asesor jurídico a 21 meses de inhabilitación.

Dos casos pendientes

La exalcaldesa dimitió de su cargo en octubre de 2014. Lo hizo sin dar explicaciones. “Es mi decisión y en ello han pesado muchos factores, pero sobre todo, el interés y el beneficio del pueblo de Manilva”, aseguró entonces. Un año antes se había dado de baja de Izquierda Unida junto a todo su grupo municipal cuando el partido presionó para forzar su salida. La sustituyó Diego Urieta, que figuraba en el grupo de no adscritos. Tras las elecciones de 2015, llegó al poder Diego José Jiménez (PSOE), que en 2016 fue desbancado por Mario Jiménez (Compromiso Manilva) tras una moción de censura presentada por su formación e Izquierda Unida, pero que contó con el apoyo del Partido Popular y la Agrupación Socialista de Manilva (sin relación con el PSOE, que votó en contra).

Mario Jiménez continúa hoy como alcalde. Tanto él como Antonia Muñoz están pendientes de juicio en otras dos piezas del caso Manilva. En la denominada Manilva II ambos se enfrentan a dos años de prisión por la supuesta contratación ilegal de empresas por parte del Ayuntamiento. En Manilva III, que investiga presuntas irregularidades en el traspaso de fondos municipales a la entidad urbanística El Hacho entre 2009 y 2012 —cuando Muñoz era regidora y Jiménez edil—, la Fiscalía les acusa de los delitos de prevaricación y malversación y solicita ocho años de prisión para ella y cuatro para él."       (Nacho Sánchez, El País, 04/08/22)

9.8.22

Las grandes constructoras se lanzan a impugnar las cláusulas anticorrupción de las licitaciones públicas... Las empresas se han rebelado contra estas condiciones tras la multa millonaria impuesta por la CNMC por repartirse los contratos durante 25 años

 "Las grandes constructoras españolas atesoran un largo historial de multas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por conductas como pactar precios o repartirse contratos de la Administración Pública.

 Para evitar este tipo de comportamientos, las principales empresas públicas por volumen de inversión, como Adif, Renfe o Aena, han introducido desde hace tres años una serie de cláusulas en las licitaciones. Fundamentalmente, esas estipulaciones persiguen asegurar que se puede excluir de la licitación o rescindir los contratos de aquellas firmas que se demuestre que cometen prácticas fraudulentas o corruptas. 

Pues bien, las constructoras se han rebelado y en las últimas fechas están recurriendo en todas las licitaciones este tipo de cláusulas por considerarlas “abusivas”, según ha podido saber EL PAÍS por fuentes cercanas a las entidades públicas. La mayor catarata de impugnaciones se ha producido tras la multa millonaria impuesta el pasado mes de julio por la CNMC a las seis grandes constructoras.

El caso más paradigmático lo está sufriendo Adif, el gestor de infraestructuras ferroviarias, que ha visto cómo la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), la patronal de las constructoras, recurría ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRCC) contra las dos cláusulas antifraude introducidas en los pliegos de todas las licitaciones. La última, la de las obras del proyecto constructivo de plataforma del nuevo acceso ferroviario sur al Puerto de Castellón.

Ambas cláusulas recurridas se encuentran incluidas en los pliegos de todas las licitaciones de Adif y Adif Alta Velocidad desde 2019 y desde entonces, hasta julio de 2022, no habían sido cuestionadas por las empresas constructoras. Este tipo de normas se introdujeron tras la resolución de la CNMC que sancionó con una multa de 118 millones de euros a 15 empresas —firmas industriales cuyas matrices son grandes constructoras— y 14 directivos por repartirse de manera ilícita los concursos públicos convocados por Adif durante catorce años. La resolución está recurrida en ante la Audiencia Nacional.

La CNMC ha dictado posteriormente nuevas resoluciones sancionando a estas empresas, entre las que destaca la citada multa de 203,6 millones de euros impuesta el pasado mes de julio a las seis principales constructoras españolas —Acciona, Dragados (ACS), FCC, Ferrovial, OHLA y Sacyr— por haber concertado durante 25 años, entre 1992 y 2017, miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras, como hospitales, carreteras o aeropuertos.

Pero las constructoras tachan ahora de “abusivas” estas condiciones cuando han venido siendo aceptadas en los últimos años. Se da la circunstancia de que los recursos de las empresas han crecido exponencialmente tras las sanciones o la declaración de prohibición de contratar a las firmas que han cometido infracciones similares, informan las citadas fuentes.

Peligro por los fondos europeos

El problema es que estos recursos derivan en retrasos de las licitaciones, en un momento en que España aborda la gran oportunidad que representan los recursos procedentes de los paquetes de ayudas del programa Next Generation EU. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana gestiona más de 18.000 millones de euros de estos fondos y Adif, en concreto, como entidad con mayor peso inversor, más de 5.800 millones de euros.

Los constructores, a través de la CNC, han presentado recientemente 12 recursos a las licitaciones promovidas por Adif: 10 ante el TACRC y todos ellos después de la resolución de la CNMC del 5 de julio citada anteriormente. De estos 10 recursos, ocho se refieren a inversiones acogidas al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR, que forma parte del Next Generation EU), ayudas públicas de la Unión Europea destinadas a proyectos transformadores a ejecutar hasta 2026. Los otros dos no se acogen a estos fondos MRR.

Desde el ámbito jurídico se explica que la eliminación de estas cláusulas dejaría abierta la posibilidad a conductas muy graves que perjudicarían los intereses de las empresas públicas y, en consecuencia, de los recursos públicos, nacionales e internacionales, en la ejecución de proyectos apoyados por Europa como “transformadores” y base de la recuperación económica del país. Pero el problema va más allá porque cuando la CNMC declara que se ha producido un incumplimiento de la normativa del derecho de la Competencia, la Comisión Europea pide a España la devolución de los fondos europeos con los que financió el proyecto afectado por esa circunstancia.

Las cláusulas antifraude, inciden esas fuentes, se ajustan no solo al ordenamiento jurídico vigente y a las resoluciones dictadas por los tribunales, sino a la demanda social de lucha contra el fraude y la corrupción. España no figura entre los países europeos con los estándares anticorrupción más altos, según clasificaciones internacionales como la que elabora anualmente Transparencia Internacional. Desde ciertas entidades públicas y en el ámbito jurídico se viene reclamando la adopción de medidas legislativas para reformar la Ley de Contratos del Sector Público y dotar de herramientas más eficaces a los poderes adjudicadores en su lucha contra las infracciones del derecho de la competencia. El retraso judicial en resolver sobre los recursos planteados por las empresas sancionadas por la CNMC hace prácticamente ineficaz la regulación actual, pudiendo diferir más de diez años la imposición de prohibiciones de contratar, por conductas contrarias al derecho de la competencia que, en algunas ocasiones, se han extendido durante más de veinte años, con el grave perjuicio ocasionado al sector público.

Asimismo, desde el ámbito público se argumenta que debería reforzarse la obligatoriedad de que las empresas sancionadas, aunque la sanción no sea firme, adopten urgentemente medidas correctoras de sus conductas para garantizar que no pueden cometer nuevas infracciones, colaboren con la administración investigadora y los poderes adjudicadores, o se comprometan a pagar los daños causados."                      (Ramón Muñoz, El País, 08/08/22)

4.3.22

Los gobiernos occidentales han descubierto que se pueden embargar las cuentas y yates de oligarcas y dificultar las transferencias a sumideros fiscales desconectándolas del sistema SWIFT. Me pregunto si aplicarán ese conocimiento a sus propios oligarcas

Eduardo Garzón @edugaresp

La facilidad con la que han embargado cuentas y patrimonio a los oligarcas rusos y dificultado sus operaciones en paraísos fiscales nos ha vuelto a demostrar que sólo utilizaban excusas cuando se negaban a combatir el fraude fiscal de las grandes empresas y grandes fortunas.
Stuart Medina Miltim @SMiltim

Los gobiernos occidentales han descubierto que se pueden embargar las cuentas y yates de oligarcas y dificultar las transferencias a sumideros fiscales desconectándolas del sistema SWIFT. Me pregunto si aplicarán ese conocimiento a sus propios oligarcas.

9:00 a. m. · 3 mar. 2022
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10:42 a. m. · 3 mar. 2022
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22.7.21

Torre-Serona, primera localidad de España en aplicar la Directiva de protección de los denunciantes de corrupción. El consistorio ilerdense se ha convertido en la primera administración pública en habilitar buzones de denuncia según los términos señalados por la Directiva Whistleblowers

 "Torre-Serona, localidad situada en la provincia de Lleida, se convierte a partir de hoy en el primer ayuntamiento de España en aplicar a su estructura la Directiva 2019/1937 de protección a los denunciantes de corrupción (Whistleblowers) que será absolutamente obligatoria para todas las entidades públicas, todas las empresas de más de 50 trabajadores, y todas aquellas de menos, que estén sujetas a determinadas actividades. El período de máximo de transposición para el Estado español de esta Directiva finaliza el 17 de diciembre de 2021.

El buzón de denuncias exigido por la Directiva permite la interacción del denunciante con los auditores a través de una página web, por correo electrónico, por teléfono, o personalmente, pero siempre garantizando la absoluta anonimidad del denunciante, si éste es su deseo. Por tanto, estos buzones se convierten en una herramienta fundamental para evitar represalias, algo que está absolutamente prohibido ya por la normativa europea.

La Directiva 2019/1937, de Protección a los Denunciantes de los Intereses de la Unión, eleva a nivel europeo los índices éticos de control de las administraciones públicas, obligando a que auditores absolutamente independientes de la institución sean los responsables de gestionar el canal de denuncia.

Los buzones de denuncia

El buzón, canal o vías de denuncias interno es una herramienta compleja, que exige una serie de singularidades para quien lo gestiona: seguridad, independencia, confidencialidad, protección de datos, secreto y responsabilización.

Se trata de una herramienta que debe poseer una serie de subcanales que deben estar permanentemente operativos: web, carta física, email, denuncia telefónica y presencial, además de una serie de herramientas complementarias de certificación de las comunicaciones y de análisis de riesgos.

La normativa europea exige que el gestor, instructor o administrador de las vías de denuncia, sea una persona (física o jurídica) individualizada. En consecuencia, no son válidos entes no identificados. Además, deberá tratarse de una persona de altas capacidades técnicas y jurídicas, con un conocimiento muy extenso del Derecho de la Unión de sus obligaciones y de sus infracciones, con conocimiento de los procesos administrativos y penales estatales y de la UE, que deberá asesorar al informante, alertador o denunciante de corrupción.

La Directiva, además, impone un plazo de 3 meses para el procedimiento de denuncia que, sin duda, incluirá la realización de pruebas personales, documentales y periciales en muchos de los casos. Por tanto, se trata de un auténtico procedimiento interno instructor. Quien no disponga de ese procedimiento, no cumplirá con lo estipulado en la Directiva y, en consecuencia, deberá ser sancionado.

La importancia de los buzones o los canales de denuncia amparados en lo señalado por la Directiva de protección de los denunciantes está en que no es sólo una herramienta para filtrar información, sino que preconstituye prueba de cara a la apertura de procedimientos judiciales.

En consecuencia, para que el denunciante de corrupción o de hechos contrarios a los intereses de la UE pueda acogerse a lo estipulado en la Directiva, deberá utilizar los canales o los buzones que cumplan con los requisitos marcados por la normativa europea, tal y como ha hecho el Ayuntamiento de Torre-Serona. Por tanto, no todo vale, ni todos serán válidos ni óptimos para el diseño, concepción y gestión de los canales de denuncia. El que era el hermano pobre, el autocontrol, pasa a ser ahora el eje del sistema.

Viadenuncia

El Ayuntamiento de Torre-Serona ha elegido el canal interno Viadenuncia, por ser el más moderno y adaptado a la normativa europea. Existen otros canales éticos, como puede ser el de Barcelona, pero son gestionados por funcionarios propios, así como otros que son gestionados por empresas vinculadas o proveedoras de diversos servicios. Por tanto, adolecen de una independencia real.

Aspertic, la asociación que fue promotora, junto a otros muchos denunciantes de corrupción, de la Directiva ha formado y validado a los instructores, desarrollando el cuerpo documental preciso y audita permanentemente los protocolos de Viadenuncia.

Aspertic ya está actuando, además, como canal externo, colaborando con las instituciones europeas, especialmente la Comisión, el Tribunal de Cuentas de la Unión y la OLAF."             (José Antonio Gómez, Diario16, 21/07/21)

15.2.21

En España tenemos nuestros héroes anónimos: el comisario Jesús García, que se enfrentó a la jerarquía político-judicial para esclarecer los hechos... comisario Rodolfo Ruiz, cuyo encomiable trabajo en el 11M fue objeto de una campaña de acoso mediático amparada en un fenomenal bulo sobre los atentados (que dice Bárcenas que se pagó con dinero fruto de la corrupción), una difamación que acabó llevando a su esposa al suicidio...

 "La Asamblea Nacional Francesa se inventó tras la Revolución, en 1891, un concepto que tendría cierto éxito entre las democracias balbucientes del siglo XIX: el Panteón de Hombres Ilustres, una forma de reemplazar los mausoleos de las monarquías del Antiguo Régimen y sus mitologías dinásticas por un nuevo devocionario democrático de paisanos. (...)

España tiene el suyo en Madrid, pero que apenas hayamos oído hablar de él, que nadie sepa dónde está (al lado de la basílica de Atocha, por cierto) y que todos sepamos dónde está el Valle de los Caídos es consecuencia de la pobre historia de las revoluciones liberales y democráticas españolas de los últimos 250 años. (...)

Aquí tenemos nuestros héroes anónimos, protagonistas de historias ejemplares pero el silencio cultural que los rodea es otra prueba de los déficits de nuestra memoria histórica. Aunque el caso Lasa y Zabala ha sido voluntariosamente llevado al cine, parece mentira que no haya una película centrada en la levantar una elegía al comisario Jesús García, un hombre que se enfrentó al Estado y a la jerarquía político-judicial para esclarecer los hechos, y al que su empeño le costó la vida: murió de un infarto durante el juicio, en la misma sala de justicia. 

Tampoco la hay del comisario Rodolfo Ruiz, cuyo encomiable trabajo en el 11M fue objeto de una campaña de acoso mediático amparada en un fenomenal bulo sobre los atentados (que dice Bárcenas que se pagó con dinero fruto de la corrupción), una difamación que acabó llevando a su esposa al suicidio.

De los déficits de la construcción colectiva española da cuenta también la ofensiva institucional contra destacados políticos republicanos españoles, como Largo Caballero e Indalecio Prieto, algo que no pasaría si alguien hubiera hecho una película sobre ellos. 

Hay que decir que el único cineasta español que se ha tomado en serio la capacidad del cine para conformar un santoral democrático e ilustrado con películas populares que son modelos éticos o fábulas morales es Alejandro Amenábar, con sus títulos sobre Ramón Sampedro (Mar adentro), Hypatia (Ágora) o Miguel de Unamuno (Mientras dure la guerra). Y más modestamente el dramaturgo Jordi Casanovas, autor de Ruz-Bárcenas y Jauría.

De la condición melindrosa de nuestras ficciones da la medida el hecho de que, hasta para hablar de corrupción las películas eviten cuidadosamente señalar nombres o partidos, lo cual tiene el funesto efecto de trasladar la idea de que tal vez todos somos iguales y no cabe escapar a esos comportamientos. Quizá no resolvamos nuestros problemas para articular un proyecto democrático común, sano y plenamente funcional en tanto personajes como los comisarios Rodolfo Ruiz y Jesús García no hayan sido elevados por la ficción cinematográfica."                   (Pedro Vallín, La Vanguardia, 12/02/21)

30.7.20

El coste total de la corrupción en España es de 90.000 millones al año según el Parlamento Europeo... o de 60.000 millones anuales según el FMI, a causa del cobro de sobornos, de la complejidad y opacidad del sistema tributario...

"La Unión Europea se ha equivocado en los últimos años imponiendo políticas restrictivas (mal llamadas de "austeridad") para hacer frente a las crisis y al endeudamiento. 

La experiencia ha demostrado claramente que así se frena la generación de ingresos y que la deuda, en lugar de disminuir, aumenta. Eso sí, en beneficio de la banca y de los países del norte, lo que indica que el "error" no sólo tiene causas sino también este propósito claro.
Sin embargo, en Europa llevan razón quienes denuncian que en España el dinero público no se gasta con la eficacia debida.

Eso es verdad y es algo que deberán tener muy presentes los gobiernos que apliquen los fondos europeos de recuperación recién aprobados.

La historia del gasto público gestionado por los gobiernos del PP, del PSOE y de la derecha nacionalista es una historia llena de despilfarros y de ineficacias con las que hay que acabar. Y hay que decirlo sin miedo: la condicionalidad europea que esté orientada a a tomar medidas para combatir estos defectos debe ser muy bienvenida.

A mi juico, hay varias vías por las que se vienen dilapidando los recursos públicos en España y que requieren que se actúe con valentía, efectividad e inteligencia y a la mayor brevedad.
  1. La corrupción minorista: es la que protagoniza, sobre todo, la clase política y también mucha gente corriente: comisiones, gastos innecesarios, lujos injustificados, fraude fiscal a pequeña escala... La primera es vergonzosa (¿habrá un desprestigio más grande para la Marca España que haber tenido un Jefe de Estado comisionista, corrupto y, además, inviolable) porque la llevan a cabo las personas que se supone que actúan para servir a los intereses generales y no para enriquecerse. Y la segunda es nefasta porque refleja una cultura arcaica y egoísta que frena la creación de riqueza y progreso. De esta corrupción al por menor es de la que más se habla y la que se suele presentar como la única existente o más importante. Se dice constantemente que hay que bajar sueldos de políticos, eliminar coches oficiales, suprimir instituciones... pero todo esto es el chocolate del loro. En unas ocasiones se trata de casos excepcionales y personales y, en general, supone una cuantía realmente minúscula por no decir que insignificante del dinero total que cuesta la corrupción. Hay que combatirla pero no fijarse sólo en ella sin contemplar la más importante.
  2. La corrupción al por mayor: es la que realmente representa una pérdida grandiosa de recursos, la que protagonizan los bancos que hacen todo lo posible para que las administraciones, las empresas y hogares se endeuden innecesariamente y en mayor medida, las grandes empresas que promueven inversiones innecesarias en beneficio propio (autopistas, puertos, aeropuertos...), las que abusan de su poder para ganar concursos que implican beneficios extraordinarios y que acaban con la competencia en los mercados y con el empleo decente, la evasión fiscal de las grandes empresas y fortunas, la contabilidad creativa que disimula beneficios o inversiones, o las millonarias ayudas ocultas y subsidios disimulados a los grandes grupos de poder económico.
En 2018, un estudio del Grupo de Los Verdes/ Alianza Libre Europea del parlamento europeo cifró el coste total de la corrupción en España en 90.000 millones de euros al año; otro del Fondo Monetario Internacional en unos 60.000 millones anuales a causa del cobro de sobornos, de la complejidad y opacidad del sistema tributario, de la discrecionalidad de funcionarios, de grandes licitaciones irregulares, de su falta de transparencia o de la colusión entre los licitadores o de los cambios en los proyectos después de su adjudicación, ente otras. Y un estudio de la Fundación BBVA y el Instituto Valenciano de Investigaciones concluyó que mejorar la calidad de las instituciones de las que depende el bueno uso de los recursos públicos permitiría que España registrase un aumento del 16% en el PIB per cápita durante un período de 15 años.

Es fundamental, pues, combatir este robo institucionalizado de los grandes poderes económicos, aunque esto sea algo muy difícil porque se trata, precisamente, de amarrar en corto a los grupos oligárquicos que mandan en España desde hace decenios y que, como la historia demuestra, están siempre dispuestos a cualquier cosa para mantener sus privilegios.
  1. Ineficiencias autonómicas. Cueste lo cueste decirlo, no se puede seguir obviando que el actual diseño de nuestro Estado de las autonomía es una fuente de duplicidades e ineficiencias. La descentralización puede generar mucho ahorro cuando se hace bien pero también gran despilfarro si lo que se crea es una suma de administraciones que no se coordinan lo suficiente ni comparten servicios, ni políticas de ingreso y gasto. Es quizá algo de menor cuantía, pero que haya habido diecisiete autonomías comprando mascarillas cada una por su lado es una barbaridad, como lo es todavía más que tengamos otros tantos sistemas sanitarios o educativos. El deterioro de la situación sanitaria que se ha producido cuando los gobiernos autonómicos han recobrado la iniciativa tras el mando único frente a la pandemia es muy significativo.
Hay que coger al toro por los cuernos y abordar esta fuente de mal uso de nuestros recursos públicos sin necesidad de romper los equilibrios territoriales a los que obliga la naturaleza plural y diversa de nuestro Estado.
  1. Ayudas públicas que no ayudan y nos empobrecen. Es también imprescindible que se reformulen la políticas de ayudas públicas en España. No puede ser que grandes empresas o bancos que ganan miles de millones de euros reciban las prebendas que reciben de las administraciones o que las políticas sociales financien en mayor medida a la población con mayor nivel de renta, como no puede ser que el dinero público genere desincentivos para la creación de riqueza, cuando debe servir para todo lo contrario.
  2. Un sistema fiscal ineficaz e injusto. Aunque en buena medida forma parte de la corrupción al por mayor, la naturaleza de nuestro sistema fiscal merece ser considerada como una vía singular de despilfarro y de mal uso del dinero público. Es preciso reformarlo porque es posible que el Estado ingrese más con menos impuestos, simplemente persiguiendo de verdad el fraude que nos puede estar costando entre 25.000 y 60.000 millones de euros al año, mejorando el sistema de recaudación y creando nuevas figuras que respondan a la naturaleza de las actividades que hoy día protagonizan la economía y las finanzas.
  3. Servicios públicos mal financiados. La insuficiente financiación de los servicios públicos no ahorra; al final sale muy cara. Lo hemos visto en las comunidades autónomas en donde se han producido más recortes y más privatizaciones: las administraciones terminan gastando más y, como hay peores servicios, los hogares y las empresas han de dedicar más dinero para satisfacer sus necesidades básicas. Los servicios son peores y más caros y, además, aumenta la deuda.
Las privatizaciones de empresas y servicios públicos esenciales propias del capitalismo de amiguetes que llevaron a cabo gobiernos del PP y del PSOE nos están costando miles de millones cada año y eso hay que ponerlo también sobre la mesa con toda sinceridad y claridad.
  1. El mal uso del dinero público no es solamente una cuestión económica sino también cultural. Para evitarlo, es preciso que la ciudadanía sea consciente de que los recursos que se ponen a nuestra disposición no vienen de la nada, sino que son el resultado de la acción social y que es imprescindible que todas las personas asumamos nuestra vida en sociedad como una contribución a la tarea colectiva de satisfacción de nuestras necesidades, sin limitarnos a creer que todo nos va a venir resuelto.
Hacer frente a estas situaciones es fundamental, un reto ineludible para España. Aunque, en cualquier caso, no se debe olvidar que, como acabo de decir, gastar insuficientemente también es gastar mal. Por eso España, al mismo tiempo que debe hacer reformas para cerrar con urgencia estas vías de fuga de recursos públicos, debe poner un empeño especial en mostrar que las políticas de recortes de los últimos años, la estabilidad presupuestaria entendida como un fin en sí mismo, las injusticias fiscales y el desmantelamiento de lo público que se ha promovido e impuesto desde la Unión Europea es la principal fuente de pérdida de recursos y de mala gestión de los recursos públicos. Una cosa no quita la otra.

Combatir estas fuentes de despilfarro e ineficacia no es ni mucho menos fácil, como he dicho. Hace falta, en primer lugar, voluntad política de acabar con ellas y eso es complicado porque el mal uso del dinero público no se hace por casualidad, ni por gusto, ni siempre por incompetencia o por no saber hacerlo bien, sino porque hay quien se beneficia de ello y tiene poder para conseguir que se establezcan las condiciones necesarias para que siga existiendo, además, como si la culpa fuese de la gente corriente, es decir de quien, en realidad, sufre sus consecuencias.

Es por ello por lo que nunca habrá voluntad política de enfrentarse a estos problemas que he señalado si la ciudadanía no impone el debate público sobre sus causas y efectos y si no sanciona con rotundidad a quienes no contribuyan a combatir el cáncer de la corrupción y el despilfarro. Y para que eso sea posible es imprescindible que los gobiernos que de verdad estén comprometidos con esta tarea promuevan y difundan la información que permita que la gente corriente sepa lo que de verdad pasa, las consecuencias de gastar mal el dinero público y quién se aprovecha de ello.

Sólo con la presión ciudadana se podrá garantizar la transparencia, el control y la sanción que debe existir para que los españoles no tengamos que seguir avergonzándonos de quienes nos representan y gobiernan.

Con todos los inconvenientes que tiene, el reciente acuerdo europeo es una buena oportunidad para que un gobierno progresista sitúe este tipo de cuestiones sobre la mesa y con prioridad, para que ponga en entredicho a quienes en realidad actúan como cómplices de quienes se benefician de que el dinero público se gaste mal y para que haga propuestas eficaces que nos permitan avanzar por otro camino."                      (Juan Torres López, Público, 24/07/20)

14.6.19

FMI: La corrupción mundial se come cada año el equivalente al PIB español... un Billón de dólares

"La lucha contra la corrupción en todo el mundo podría generar cada año la astronómica cifra de un billón de dólares –esto es, un millón de millones– en ingresos fiscales, según un estudio publicado este viernes por el Fondo Monetario Internacional (FMI). 

Ello equivale casi al PIB español (1,2 billones) o al 1,25% del PIB mundial. El organismo dirigido por la francesa Christine Lagarde muestra que aquellos países menos corruptos tienen una mayor capacidad recaudatoria, y en el caso español, valora los progresos realizados gracias a la reciente regulación en materia de contratación pública.

Combatir la corrupción no solo permite aumentar los ingresos de las arcas públicas, sino que también ayuda a reducir significativamente el despilfarro y a usar de forma más eficiente los recursos. También permite mejorar la confianza de la ciudadanía en las instituciones e incluso potencia la calidad de la educación pública, al mitigar sobornos y premiar la meritocracia. En suma, en una mejor gobernanza. "Menos corrupción significa una menor fuga de ingresos y menos desperdicio en gastos, y una mayor calidad de la educación pública y la infraestructura", resume el informe.

La institución con sede en Washington revela que la relación entre menor corrupción y mayor recaudación de ingresos se mantiene tanto en países desarrollados, como emergentes y en desarrollo. "Entre las economías avanzadas, un país que se encuentra en el cuartil más alto en términos de control de la corrupción logra recaudar, de media, un 4,5% más de PIB vía ingresos fiscales que un país en el cuartil más bajo", detalla.

Entre los países con economías emergentes, la brecha recaudatoria alcanza el 2,75% del PIB, mientras que en aquellos con ingresos más bajos, la diferencia de recaudación fiscal entre los que son más y menos corruptos llega al 4% del PIB.

De la misma forma, en cuanto a la inversión pública, el estudio muestra que una economía emergente en el cuartil superior en lucha contra la corrupción desperdicia la mitad de los recursos públicos que uno situado en el cuartil más bajo.

El caso de europeo y español

El Fondo menciona como ejemplo a seguir el sistema de alerta o de "banderas rojas" puesto en marcha por la Comisión Europea para tratar de minimizar el riesgo de corrupción y fraude en la contratación pública. No obstante, señala a España, Italia y Grecia, como los países de la UE con "los resultados más insatisfactorios", aunque añade que valora el "progreso" realizado por el Gobierno español tras la adopción en 2018 de una nueva legislación sobre contratación pública.

Entre los indicadores más importantes que recoge el sistema de control de la Comisión Europea, prosigue el FMI, destacan la proporción de contratos adjudicados con un solo actor, el número de concursos o procedimientos otorgados sin licitación o concurso; y el valor de la contratación pública anunciada a las empresas, es decir, el acceso y la apertura de la contratación pública.

Otras recomendaciones para atajar la corrupción

Ciertos sectores productivos o ámbitos de actividad son más proclives a la corrupción que otros. Según explica el FMI, otros estudios previos muestran que las industrias extractivas como la minería y la petrolera son focos de corrupción, así como la adquisición y administración de empresas estatales. Para frenar las corruptelas en estas áreas, el Fondo cita la transparencia y supervisión como elementos claves, pero además, la existencia de una prensa libre y una sociedad civil fuerte como catalizadores necesarios.

También aconseja el uso de la tecnología para combatir el fraude. Menciona, por ejemplo, las compras online como una forma rápida y fácil de rastrear operaciones, o la "contratación electrónica", como una iniciativa relativamente barata que puede abrir los procesos a mejores agentes, ampliar la competencia, y recudir costes, citando a Corea del Sur como uno de los países que más profundamente han implementado este sistema."                       (Cinco Días, 04/05/19)

3.1.19

Cada año se paga un billón de dólares en sobornos, y se calcula que se roban 2,6 billones de dólares anuales mediante la corrupción, lo que suma por encima del 5% del producto interior bruto mundial...

"Cada año se paga un billón de dólares en sobornos, y se calcula que se roban 2,6 billones de dólares anuales mediante la corrupción, lo que suma por encima del 5% del producto interior bruto mundial. Según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo se pierde por culpa de la corrupción una cantidad de dinero diez veces mayor que la dedicada a la asistencia para el desarrollo.

Todo esto demuestra que la corrupción es un delito grave que frena el desarrollo económico y social en todas las sociedades. Ningún país, región, municipio, instituciones o empresas públicas o privadas es inmune. ¡Es un cáncer!

La historia, como nos dice Walter Sheidel en su libro The great leveler, nos deja una triste lección: desde la Edad de Piedra hasta el siglo XXI está presente tanto la corrupción en sus distintas formas como las desigualdades. Su tesis es muy dura: la desigualdad nunca desaparece pacíficamente; siempre ha sido a través de los muchos choques violentos que la historia de la humanidad ha reproducido: guerras, sublevaciones ante tratos inhumanos, revoluciones ideológicas en intentos de transformar la sociedad. 

Han sido intentos violentos de transformar la sociedad, sus instituciones o la soberanía, por colapso de los Estados y algunas veces también por catástrofes climatológicas o físicas, y la corrupción siempre ha estado presente como una sombra en estos procesos. Ha sido la violencia, nos dice Sheidel, la que ha conseguido destruir las fortunas de los ricos de este mundo. 

Por eso se pregunta el autor: ¿si hoy la violencia se ha reducido, aparentemente, será posible que la desigualdad y sus consecuencias queden bloqueadas en ese statu quo existente? Que todo cambie para que no cambie nada: el lampedusianismo de la globalización y la revolución 4.0. ¿Habremos llegado a la historia plana de un mundo desigual inmóvil por el miedo a moverse, y ausencia de valores?

¿Puede ser que en el futuro se pierda la perspectiva de luchar para eliminar las desigualdades y la corrupción, y que el precio de una paz estructural sea vivir en una sociedad desigual y corrupta? Hay que situar esta discusión en la vida social con claridad y con dureza, para que reflexionemos y avivemos las respuestas desde la ciudadanía.

 Para aportar soluciones en las nuevas ecuaciones de corresponsabilidad social hay que buscar esos algoritmos que tenemos que construir entre todos, y fortalecer con una cadena de compromisos (un blockchain sociopolítico) que contribuya al empoderamiento de la ciudadanía.

El primer paso debería ser una sociedad transparente, porque no se puede hacer un giro social desde la opacidad, la corrupción, el despilfarro y la descarada utilización de las “fake news” para descalificar a quienes discrepan.

El segundo paso es una ciudadanía activa y comprometida, ejerciendo su derecho de soberanía constitucional de construir su progreso y controlar el positivismo legislativo, hoy en manos de los lobbies financieros.

El tercer paso es la independencia de las instituciones de control. Las ciudadanas y ciudadanos deben convertirse en lo que Walter Sheider llama “efectos niveladores” de las sociedades. 
Son soluciones abiertas, como la práctica de la rendición de cuentas, para que salten las alertas de lo que no funciona en las instituciones públicas y que las instituciones de control actúen. 
Porque alertar socialmente es una misión preventiva para que los asaltantes de los recursos públicos no se los lleven ocultos en los muchos vericuetos de unas estructuras opacas.

El cuarto paso es establecer hitos que señalen el camino, señales claras de a dónde se dirige la sociedad: la defensa de las pensiones, Salario mínimo decente, salud pública, educación, vivienda digna y tantos derechos reconocidos en los principios constitucionales cuyo desarrollo está pendiente.

Hay que encontrar soluciones para superar el que los cambios sean producto de guerras de movilización de masas, revoluciones transformadoras, colapsos de Estados o catástrofes: han destruido el poder o la fortuna de los ricos de cada época, pero no han resuelto nada. 

Aspiramos a que los cambios necesarios se logren a través de una nueva gobernanza en la que instituciones independientes aporten su fortaleza, la ciudadanía revitalice el sistema democrático, la economía se transforme en un sistema de reparto de bienestar y en donde los organismos internacionales ejerzan su función de reequilibrio de un sistema insensible.

 Los Objetivos para el Desarrollo Sostenible marcados por la ONU para 2030 abogan por esta nueva forma de gobernanza que logre sociedades e instituciones justas. Reflexionemos un día como hoy, iniciemos su aplicación en la vida diaria y tomemos medidas antes de que sea demasiado tarde."               

( , Economistas frente a la crisis, 12/23/18.

3.7.18

Una aproximación a la corrupción, hoy. La corrupción surge porque en el actuar delictivo se compromete al Estado y a la Administración, porque se realizan desde posiciones de poder

"Hace un año se publicó la Memoria de la Fiscalía Anticorrupción que informaba de su actividad en 2016. Y relataba, resumidamente, la problemática que es objeto de los 420 procesos por las formas más graves de corrupción en los que dicha Fiscalía venía interviniendo dicho año; cifra que, sin duda, ya se habrá incrementado.

Compartimos, como punto de partida de esta exposición, la posición clarividente de Vidal-Beneyto: "La lucha contra la corrupción es, hoy, el desafío fundamental de nuestra democracia". 

Y, llamaba a "un movimiento general de reprobación ciudadana" como "ejercicio de democracia participativa". El fenómeno de la corrupción en los Estados democráticos tiene causas estructurales que guardan relación con la organización del Estado y sus Administraciones y la ordenación de los poderes públicos.

 Entre otras, por la insuficiencia de los controles administrativos internos, que abdican de sus funciones por puro burocratismo con la consiguiente pasividad o, peor, por complicidades más o menos encubiertas con los gobernantes que debieran ser controlados. Y, desde luego, por ausencia de una efectiva respuesta sancionatoria administrativa o judicial.
En este último caso, por causas variadas, como la insuficiencia crónica de medios para hacer frente a conductas delictivas complejas –con rasgos propios de la criminalidad organizada–, que se emplea como coartada para justificar la lentitud, causa, a su vez, de una respuesta tardía y débil que conduce a amparar la impunidad. 

Cuando no, directamente, la falta de una plena neutralidad de jueces y fiscales para enfrentarse al  poder económico o político, como se ha acreditado en la recientes recusaciones de magistrados de la Audiencia Nacional, por su vinculación al PP, para enjuiciar conductas delictivas como la causa de Gürtel

En otros casos, la Justicia favorece directamente a los poderosos mediante interesadas y retorcidas interpretaciones legales, como el rechazo por la Audiencia Nacional al enjuiciamiento del Presidente del Banco Santander creando la llamada doctrina Botín, en el caso de las "cesiones de crédito", para impedir su enjuiciamiento.
Son las obligadas consecuencias de un sistema basado en la lógica del mercado, en el enunciado de "enriquecerse". Así lo resumía el analista alemán Michael R. Krätke: "Corrupción, dinero negro, segundas cajas, engaño organizado y manipulaciones contables son prácticas corrientes en el mundo de los negocios". 

Una economía sustentada en la "codicia humana" es capaz de debilitar o destruir los mecanismos necesarios para garantizar la viabilidad de un sistema basado en el consenso del respeto a la legalidad democrática y a los derechos humanos. Por ello, la codicia, elemento esencial de estos delitos, cuando los sujetos de la corrupción son cargos públicos, va asociada ineludiblemente a una deslealtad a los principios y reglas del sistema democrático.
Para hacer frente a esta realidad tan compleja y difícil de enderezar hacia el imperio de la Ley y el respeto a los Derechos, debe partirse del conocimiento real de quienes, como gobernantes, están obligados a rechazar cualquier forma, por leve que fuese, de corrupción. Porque, ciertamente, parten de una posición de superioridad respecto de cualquier ciudadano, cualquiera que sea el grado de poder público que ejerzan.

 Porque "disfrutan de una especial capacidad de información e influencia" de la que carecen los ciudadanos, capacidad que les otorga una evidente superioridad sobre el resto de los ciudadanos y ciertas garantías de impunidad. Desde esta posición, es relativamente fácil caminar por el sendero de la corrupción. Que se compone, esencialmente, de los siguientes elementos:
  • Desviación de poder, es decir, no aplicar las normas al servicio del interés general.
  • Arbitrariedad, es decir, aplicar las normas en función de criterios personales ajenos a la estricta legalidad. 
  • Favoritismo, es decir, hacer un uso del poder público en beneficio propio o de terceros.
La presente introducción se explicita rotundamente por la Sentencia de la Sala de lo Penal del TS (de 8/5/2018) confirmando la dictada por el TSJ de la Comunidad Valenciana el 8/2/2017 en el caso Gürtel-Fitur: "Lo característico de la corrupción no sólo es que determinadas personas cometan hechos delictivos patrimoniales, sino que la corrupción surge porque en el actuar delictivo se compromete al Estado y a la Administración, porque se realizan en los aledaños, o desde, posiciones de poder. La conducta típica en los delitos de corrupción se centra en la obtención de puestos dentro del Estado, directamente o a través de influencias, para delinquir, para obtener ventajas patrimoniales, para desmantelar al Estado, o para apropiarse del patrimonio del Estado.

 En ocasiones, desde esa ocupación, directa o indirecta, se utiliza el puesto estatal para extorsionar a personas, físicas o jurídicas, o para asegurarse la adjudicación de contratos, propiciando situarse en los dos lados de la contratación, como Estado y como adjudicatario de la concesión o del contrato, alterando las condiciones de la libre concurrencia. Son imaginables muchas formas de actuar, asegurándose el enriquecimiento personal y los favores del poder, desde dentro o a través de personas interpuestas. 

La reacción de los Códigos penales ha consistido en la tipificación de nuevas figuras penales. Junto a las clásicas de prevaricación, cohecho y malversación, han surgido nuevas figuras típicas, el tráfico de influencias, el fraude a la administración, etc., dirigidas a reprimir conductas antisociales en las que la lesión a la ciudadanía es mucho mayor que la que se deriva del coste patrimonial consecuente a un enriquecimiento ilícito, pues se ponen en cuestión aspectos básicos de la ordenación social como los principios de transparencia, de igualdad de oportunidades, de objetividad en el ejercicio de la función pública y, por ende, el propio funcionamiento del sistema democrático que se cuestiona con los comportamientos en los que el sistema de poder es empleado para el enriquecimiento de unos pocos en detrimento de la ciudadanía".
Todo ello lo resumió el Profesor Calsamiglia, calificando la corrupción, en cualquiera de sus formas, como un gran acto de deslealtad a la legalidad y, sobre todo, al Estado democrático.

Las carencias de la lucha contra corrupción
La corrupción, en sus más variadas formas, no solo sigue presente en la política de nuestras instituciones sino que parece cobrar un mayor protagonismo. Los datos económicos resultantes de ella son escalofriantes. "El Banco Mundial cuantificó en 2004 que el precio mundial de la corrupción superaba cada año el billón de dólares". 

El Fondo Monetario Internacional, en 2016, calculó que "los sobornos pagados en el conjunto de las economías emergentes sumaban entre un billón y medio y dos billones de dólares anuales" y la Comisión Europea, en 2012,"estimó que el impacto de las malas prácticas en las finanzas públicas de los 28 países de la U.E. alcanzaba los 120.000 millones de euros anuales".
La corrupción "lleva aparejada un déficit de gobernabilidad y que sus prácticas obstaculizan el desarrollo económico…", lo que describe con detalle respecto a su incidencia en los países en vías de desarrollo, en los que genera y profundiza la pobreza.

Todo ello conduce, a una corrupción que, en palabras del Profesor Soriano, es "omnipresente, persistente, abrumadora y oscurantista". Ante ello, Transparencia Internacional en el Informe global de la corrupción de 2007 exigió: Independencia, Transparencia, Recursos adecuados y Rendición de cuentas. Pero, sin negar que se producen algunas respuestas legales, son más que insuficientes.

Por ejemplo, en la Ley Orgánica 3/2015, de "control de la actividad económica-financiera de los partidos políticos", algunos avances se produjeron, pese a que se mantienen incólumes normas que impiden la máxima independencia y transparencia de los mismos. Como el benévolo tratamiento de la financiación de los partidos a través de las Fundaciones, que, como es sabido, es una de las vías más oscuras de la financiación de los partidos de las que forman parte.

Después de cuarenta años de Constitución, por fin se acordó suprimir una previsión que nunca debía haber sido admitida. Consiste en prohibir que las "entidades de crédito" efectúen condonaciones totales o parciales de deuda a los partidos políticos. A tal efecto, se entiende por condonación "la cancelación total o parcial del principal del crédito o de los intereses vencidos". Era un privilegio antidemocrático y evidentemente corruptor de que, a diferencia de la ciudadanía, gozaban los partidos. 

Además, se incluye una previsión que expresa implícitamente lo que hasta ahora era posible: que los partidos en sus relaciones con las entidades de crédito acuerden que "el tipo de interés que se aplique (no) puede ser inferior al que corresponda a las condiciones de mercado"(?) Una muestra más del trato privilegiado que la ley y las entidades financieras han otorgado siempre a los partidos.
En cuanto a la persecución penal de la financiación ilícita de los partidos, era una exigencia planteada hace quince años por la Fiscalía Anticorrupción que, como tantas otras propuestas, cayeron en el más absoluto vacío. Vacío que ha estimulado el crecimiento desorbitado de la corrupción política. Entonces, decíamos así: "Una de las medidas a adoptar debe ser la tipificación como delito de la financiación ilegal de los partidos políticos precisamente dado el relevante papel que les otorga el artículo 6 de la Constitución en la organización del sistema democrático.

 Así lo ha considerado también la Conferencia del Consejo de Europa de los Servicios Especializados en la lucha contra la corrupción celebrada en Madrid en octubre de 1998". El Estado no ha podido sustraerse por más tiempo a configurar como último instrumento una reacción de naturaleza penal ante hechos que, además de revestir una evidente gravedad, están situados de lleno en el ámbito de la corrupción pública con los efectos devastadores que ya han sido denunciados en repetidas ocasiones por el Consejo de Europa. 

Así resulta de la reforma del C. Penal aprobada por la Ley Orgánica 1/2015, del 30 de marzo. Una reacción penal patentemente moderada que no guarda proporcionalidad con la gravedad de la conducta, ya que solo si la donación prohibida es superior a 500.000 euros la sanción penal es relevante. La sanción prevista para el tipo básico es de una irritante levedad y más que improbable aplicación en los supuestos agravados.
Además, continúa sin incorporarse al Código Penal, en cumplimiento de la Recomendación contenida en el Art.20 de la Convención de NNUU contra la Corrupción, de 2003, el delito de "enriquecimiento ilícito o injusto de los cargos públicos electos…", que estaba incluido en el Acuerdo del Congreso de Diputados de 14 de Marzo de 2013.

Podría continuarse con las manifiestas insuficiencias de la Ley 3/2015 sobre incompatibilidades de Altos Cargos, que continúa sin resolver el gravísimo problema de las puertas giratorias y otros como la exigible publicidad de las Declaraciones de Bienes y Derechos de dichos cargos públicos. Destacando también el vacío legal existente respecto de los lobbies, que representan, como ha expuesto el exfiscal Castresana, la capacidad de los poderes económicos para constituir un factor de abuso de informaciones privilegiadas o de actividades completamente opacas en los delitos de tráfico de influencias.

A ello habría que añadir el trato favorable desde todos los Gobiernos a la corrupción a través de la concesión de indultos. Un anticuado privilegio regio sigue siendo un instrumento del Ejecutivo central para suavizar o anular penas de condenados por corrupción. Exactamente, desde 1996, 227 condenados por dichos delitos han sido indultados total o parcialmente.

Una respuesta positiva: La Agencia Valenciana contra la Corrupción y el Fraude
La Agencia de la Comunidad Valenciana (creada por la Ley autonómica 11/2016, de 28 de noviembre), representa un gran avance en el planteamiento procesal del combate contra la corrupción en el marco competencial que le corresponde. Parte sustancial de dicha ley debería ser asumida por las leyes estatales sobre la materia.

Es necesario destacar su fin básico: "Prevenir y erradicar el fraude y la corrupción de las instituciones públicas valencianas y para el impulso de la integridad y la ética pública". Naturalmente, desde su "independencia" de las Administraciones Públicas.

Entre sus fines, deseo resaltar dos del Art. 4.a) y d): "La prevención y la investigación (...) del uso o destino irregular de fondos públicos y de conductas opuestas a la integridad o contrarias a los principios de objetividad, eficacia y sumisión plena a la ley y el derecho" y, además, "…garantizar los máximos niveles de integridad, eficiencia y transparencia, especialmente en la contratación pública".

La protección de los denunciantes de la corrupción
En este ámbito, puede apreciarse con crudeza que aquellos que ejerciendo una función pública –fuera de la Administración de Justicia–, en cumplimiento de sus deberes institucionales tienen conocimiento de conductas de sus superiores jerárquicos que pueden ser constitutivas de delitos de corrupción están, como norma general, absolutamente desprotegidos.

Lo que genera varias consecuencias. Que si, por razones fundadas en la naturaleza ilícita de la orden que recibe, se opone a su cumplimiento queda expuesto a un acoso más o menos intenso que dificultará el ejercicio de sus funciones y hasta la continuidad en su cargo a través de medidas disciplinarias. Además de la posibilidad de ser víctima de actuaciones civiles o penales por supuestas lesiones al derecho al honor de los presuntos corruptos.

Ante esta realidad, el sistema legal español no contempla ninguna medida para amparar a dichos funcionarios, para crear una barrera de medidas que los protejan frente a quienes, presuntamente corruptos, pueden amenazarlos, coaccionarlos y hasta expulsarlos de la función pública generándoles daños personales y profesionales muy graves, todo desde una absoluta impunidad. Y continúa ocurriendo. 

Con motivo de la apertura de un proceso penal contra la empresa pública Acuamed, los cuatro empleados que denunciaron a sus superiores las irregularidades que estaban cometiendo han sido despedidos. Uno de ellos ha dicho: "Nos presionaban y nos amenazaban con el despido disciplinario".
Pero tiene solución, si los Gobiernos de turno se hubieran tomado en serio acabar con la corrupción o reducirla drásticamente. Bastaba con aplicar, como estaban obligados, el Art. 33 de la Convención de NNUU contra la Corrupción, vigente en nuestro país desde 2006. Dicho precepto dispone que "cada Estado Parte considerará la posibilidad de incorporar en su ordenamiento jurídico interno medidas apropiadas para proporcionar protección contra todo trato injustificado a las personas que denuncien ante las autoridades competentes, de buena fe y con motivos razonables, cualesquiera hechos relacionados con delitos tipificados con arreglo a la presente Convención". 

Llamamiento reiterado por el G20 en 2010, en Seúl, al reclamar "proteger de acciones discriminatorias y represalias a los denunciantes que informen de buena fe sobre actos sospechosos de corrupción". El 25 de noviembre de 2011, la OCDE hizo público su informe, titulado G20 Anti-Corruption Action Plan. Action point 7: Protection of Whistle blowers. Aún no se ha incorporado a nuestra legislación.
Continúa el silencio de las autoridades políticas ante esta realidad. De esta forma se constituyen en cómplices o encubridoras de los cargos públicos que, además de ser corruptos, gozan de impunidad para hostigar a quienes les denuncian. 

Es evidente que la Ley 19/1994, de protección de testigos, es manifiestamente insuficiente, entre otras razones porque la función que desarrolla el denunciante es radicalmente distinta de la del mero testigo y está expuesto a muchos mayores riesgos, como revela la actual persecución del ciudadano Falciani, que tanto colaboró con su denuncia ante las autoridades españolas en el conocimiento del fraude fiscal masivo cometido por acaudalados ciudadanos españoles.
Como pueden advertir, estamos aún lejos de un marco legal amplio y riguroso que haga frente eficazmente a tan potente enemigo.

Pero, aparte de otros avances que se echan de menos en la legislación estatal en el ámbito de la cooperación entre instituciones públicas, el gran salto hacia delante de la Ley de la Agencia valenciana es, sin duda, el Estatuto de la persona denunciante. 

No solo para garantizarle la "confidencialidad" sino, y esto es un ejemplo para el conjunto de la normativa europea incluida la española, para que "no sufran (...) ningún tipo de aislamiento, persecución o empeoramiento de las condiciones laborales o profesionales ni ningún tipo de medida que implique cualquier forma de perjuicio o discriminación". 

Y esta previsión es importante porque va acompañada de medidas cautelares para garantizar el cumplimiento de dicha protección. Es un verdadero paradigma, que, más temprano que tarde, debería cumplir el Gobierno del Estado. Si esta previsión ya estuviese en la normativa estatal, además de haberse evitado evidentes abusos contra los denunciantes, seguro que la ciudadanía, en general, habría asumido con más intensidad su compromiso contra la corrupción.
El camino es, pues, muy largo, pero solo las instituciones no podrán acabar con la corrupción, es indispensable la colaboración ciudadana. Mientras tanto, el actual Gobierno está obligado a impulsar las leyes necesarias para suplir tantas insuficiencias frente a ese devastador fenómeno delictivo."