30.3.24

El presidente del Constitucional (2013) defendió su militancia en el PP, ya de magistrado

 "El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ha admitido ante los miembros del pleno, que mantuvo su militancia en el PP cuando ya era magistrado del tribunal. Sin embargo, ha añadido que a día de hoy ya no paga las cuotas de afiliado. Pérez de los Cobos había convocado, con carácter extraordinario, a los miembros del plenario con el fin de explicar su adscripción política entre, al menos, 2008 y 2011, tal como ha publicado hoy EL PAÍS.

El presidente, que en ningún momento ha planteado la posibilidad de dimitir, ha defendido la legalidad de su afiliación apelando a la ley orgánica del Tribunal Constitucional, que limita la incompatibilidad de la condición de magistrado con el desempeño de funciones directivas en partidos políticos. Se ha acogido a esta interpretación literal sin entrar en la exigencia de la propia Constitución de que los sistemas de incompatibilidades deben garantizar la independencia.

Pérez de los Cobos tiene previsto acogerse a la literalidad del artículo 159 de la Constitución que dice que la condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible “con el desempeño de funciones directivas en un partido político” y alegar que ha sido únicamente militante de base. Ese mismo artículo señala que “los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes”.

El Constitucional ha remitido una nota de presnsa en la que concluye que "la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por consiguiente, no establecen para los Magistrados del Tribunal Constitucional incompatibilidad alguna con el hecho de pertenecer o haber pertenecido a partidos políticos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales".

El presidente del Tribunal Constitucional figura en la lista de donantes y afiliados al PP que se desgravaron sus cuotas y aportaciones entre los años 2008 y 2011. Cobos pagó 37,14 euros anuales que corresponden a la cuota mínima de militancia en la ciudad de Barcelona.

La Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíben a jueces y magistrados pertenecer a partidos políticos. Los magistrados del Constitucional no se consideran miembros de la carrera judicial y se rigen por una ley específica que, en cualquier caso, exige independencia a sus magistrados."                (María Fabra, El País, 18/07/2013)

No hay comentarios: