24.3.15

El juez Ruz solo puede acusar al PP de delito fiscal pese a que usó una ‘caja B’ 18 años

"El Partido Popular (PP) manejó entre 1990 y 2008 una ‘caja B’ que se alimentó con donaciones que la formación que preside Mariano Rajoy ocultó al Tribunal de Cuentas y a Hacienda, y que empleó para afrontar gastos de todo tipo, desde electorales hasta la reforma de su sede central en la madrileña calle de Génova. 

Esa es la conclusión a la que llega el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz tras investigar la contabilidad manuscrita que el extesorero del partido, Luis Bárcenas, puso en circulación en enero de 2013.

El instructor propone a las partes llevarle a juicio junto a su antecesor en el cargo, Álvaro Lapuerta, y el exgerente de la formación, Cristóbal Páez, por un delito fiscal del que el  PP sería responsable civil subsidiario. Bárcenas y Lapuerta, estima el juez, deberían ser juzgados también por apropiarse de parte de esas donaciones.

Dos años de informes de la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía, de peritajes de la Agencia Tributaria (algunos arrancados a regañadientes) y de interrogatorios de más de cincuenta testigos e imputados se han quedado en casi nada. 

El juez Ruz considera probada la “existencia y circulación en el seno del Partido Popular a cargo del gerente y tesorero nacional de diversas corrientes financieras de cobros y pagos continuas en el tiempo, al margen de la contabilidad remitida por el Tribunal de Cuentas y sin la correspondiente declaración ante la Hacienda Pública, integrando sistemas paralelos de funcionamiento y gestión económica-financiera de la formación política a modo de contabilidades opacas o cajas B”.

Según el relato del juez Ruz, los ingresos opacos sirvieron para engrosar la contabilidad oficial del partido (siempre con la precaución de no superar los límites legales), para el pago de sobresueldos, para sufragar diferentes gastos electorales o para inversiones como la compra de edificios que eran destinados a albergar sedes del PP en diversas ciudades españolas. 

Pero esa constatación no tiene consecuencias porque, en un completo auto de 190 páginas notificado este lunes, el magistrado recuerda que el delito de financiación ilegal de formaciones políticas no está todavía recogido en el Código Penal. La reforma que lo incluirá está aún pendiente de debate parlamentario y, una vez entre en vigor, no tendrá en ningún caso efectos retroactivos, por lo que nunca será de aplicación en este supuesto.

Descartada la financiación ilegal, la recepción de donaciones opacas y su desvió para el pago de gastos propios del PP constituiría varios delitos contables y electorales, pero todos ellos han prescrito. Por este motivo, el juez archiva la causa en lo que respecta a 22 imputados, grupo que incluye a varios de los empresarios que donaron fondos al partido.

 Entre ellos, Luis Sánchez Domínguez, máximo responsable de Sando, que donó un total de 1,25 millones de euros; Manuel Contreras, de Azvi, donante de 858.000 euros; Juan Miguel Villar Mir, máximo responsable de Obrascón Huarte Lain (OHL), que entregó 530.000 euros, y Luis del Rivero, dueño de Sacyr, donante por valor de 480.000 euros.

Sólo el delito fiscal

Así que la ‘caja B’ del PP apenas puede ser perseguida como delito fiscal que el partido habría cometido por no haber incluido en la declaración del impuesto de sociedades de 2008 las donaciones recibidas aquel año. 

La cuota defraudada aquel ejercicio fue de 220.167, según el cálculo que el juez Ruz ha logrado arrancar a la Agencia Tributaria, que siempre ha defendido que los partidos políticos no están obligados a tributar por las donaciones que reciben, sean o no opacas.

Este punto puede ser un escollo grave para la causa. Llegada a este punto, el juez Ruz la desgaja de manera definitiva del ‘caso Gürtel’ y la convierte en un procedimiento abreviado autónomo, en el que las partes personadas disponen de veinte días para solicitar la apertura de juicio oral contra los acusados y formular su escrito de acusaciones.

Si la Agencia Tributaria insiste en que no hay fraude, el abogado del Estado no acusará y aún está por ver la postura definitiva del fiscal. En previsión de futuras disputas, el juez Ruz avanza que, en su opinión, esas donaciones sí deben tributar porque “no cumplían con los presupuestos, requisitos y limitaciones, tanto formales como materiales establecidos en la normativa vigente reguladora de la financiación de los Partidos Políticos (LO 8/2007), careciendo las aportaciones privadas recibidas de la consideración de rentas exentas por no haber cumplido con el criterio de transparencia legalmente marcado, y habiéndose destinado a los pagos fiscalmente opacos y ajenos a la contabilidad oficial remitida por el Partido al Tribunal de Cuentas que han sido indiciariamente acreditados”.

A lo largo de su resolución, el juez Ruz sostiene que Lapuerta y Bárcenas sólo eran responsables de la “llevanza” de la contabilidad paralela del PP, pero concluye que sólo ellos dos pueden ser acusados del fraude fiscal cometido, junto al exgerente Páez, pero ningún responsable político del partido, que queda señalado como responsable civil subsidiario.

También habrían cometido un delito fiscal los responsables de Unifica, el estudio de arquitectura responsable de la reforma de la sede central del PP, que habría aceptado cobrar en negro sus servicios, lo que habría supuesto un fraude de en torno a 1,5 millones de euros entre el impuesto de sociedades de 2007 y el del IVA correspondiente a 2010. 

 El juez Ruz responsabiliza de ello a Álvaro Urquijo y Belén García, así como a la empleada Laura Montero, mientras que el bufete queda asimismo como responsable civil subsidiario.

El juez imputa a Bárcenas y a Lapuerta un delito de apropiación indebida por quedarse con 120.000 y 209.550 euros, respectivamente, de la ‘caja b’. El dinero procedía de la partida opaca destinada en 2004 a sanear el grupo de prensa Libertad Digital, propiedad del periodista Federico Jiménez Losantos.

 El magistrado cree que esa operación fue ordenada por el entonces secretario general del partido, Ángel Acebes, pero en su momento archivó la investigación en lo que a él respecta por no apreciar materia delictiva.
Por último, el juez Ruz remite a los juzgados de Toledo la investigación sobre la adjudicación a la empresa Sufi del contrato de recogida de basuras en la capital manchega, que según Bárcenas se concedió a cambio de una donación de 200.000 euros para la campaña de 2007 de la actual presidenta de la comunidad de Castilla-la Mancha, María Dolores de Cospedal
El instructor aprecia en este episodio un posible delito de prevaricación, pero concluye que, “en el momento presente”, no hay “elementos indiciarios suficientes” para dirigir la causa contra implicados concretos, por lo que deriva la investigación a los juzgados ordinarios toledanos."             (LUIS FERNANDO RODRíGUEZ GUERRERO, Cuarto Poder, 

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