26.10.09

La Xunta de Fraga infló un contrato con la promotora de la sede del PP. El destinatario del millón de euros fue el promotor que construía esa sede

"Oficialmente, todo se debió a una simple "corrección de errores". Pero esos errores le costaron al erario público un millón de euros, al elevar el precio de la sede de una fundación de la Consellería de Sanidade de 2,07 millones a 3,07 millones de euros. Corría el año 2003, el mismo en que el PP de Galicia, entonces al frente de la Xunta, se hacía con su actual sede de San Lázaro, ubicada en el mismo edificio que la fundación de Sanidade. Las coincidencias no acaban ahí, ya que el promotor inmobiliario que se benefició de la corrección de los "errores" es el mismo que construyó el local del PP. El valor de escritura de la sede de los populares se corresponde con el sobreprecio abonado a la promotora.

En el plazo de 18 días, los representantes de la Fundación Pública Escola Galega de Administración Sanitaria (Fegas), que depende de Sanidade, y de la inmobiliaria tuvieron que presentarse dos veces ante notario. La primera, para elevar a público un contrato privado mixto, de venta y alquiler con opción de compra, de acuerdo con unas condiciones supervisadas por el patronato de la fundación. Eso fue el 13 de marzo de 2003. El 31 del mismo mes, volvieron a la notaría para dar cuenta de varias incorrecciones. Se eliminó así, y sin dar cuenta al patronato, la exención de materializar abono alguno para ejercer la opción de compra. La operación se encarecía en 1.004.004 euros.

La sociedad vendedora mejoró así sustancialmente unas condiciones de venta que originalmente ya le eran muy favorables. Según un informe de la consultora Tinsa, el valor de tasación del inmueble a fecha de marzo de 2003 era de 1.756.800 euros, esto es, un 53% menos de lo finalmente acordado. La sede fue comprada por 3.073.879 euros sobre plano y sin acondicionar.

Entre una y otra visita al notario, el entonces director de la fundación, Javier Bouzada, eludió someter al criterio del patronato las nuevas condiciones del contrato de arrendamiento y opción de compra, a pesar de que encarecían la operación en un 50%. Las correcciones afectaban de un lado a cálculos menores. Pero venían acompañadas de una carga de profundidad: la eliminación literal de dos párrafos, en los que se establecía que las cantidades ingresadas como alquiler eximían a la Fegas de realizar "el abono de cantidad alguna" en el momento de ejercer la opción de compra." (El País, ed. Galicia, Galicia, 13/10/2009, p. 1/2)

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