"(...) La banca internacional no es sólo un colaborador necesario de las
grandes organizaciones y mafias criminales y terroristas, cuyo dinero
blanquean, tal y como de nuevo se acaba de descubrir en los últimos
días.
Es ella misma una fuente constante de actividad criminal como
demuestran las docenas de casos que se han descubierto en los últimos
años dentro y fuera de España: la manipulación del Libor, la evasión
fiscal, la malversación de fondos, la venta de hipotecas basura, el
fraude de las acciones preferentes, el continuo falseamiento de la
información a la clientela, el cobro de comisiones abusivas o indebidas,
la manipulación de cuentas con la ayuda de las auditoras... por no
hablar del dinero clara u ocultamente recibido de los Estados y que
nunca se devuelve. (...)
El fiscal general de Estados Unidos Eric Holder declaró con toda sinceridad ante el Congreso que no había procesado a algunos bancos porque eran tan grandes que cobrarles las multas que merecieran podría dañar a la economía (aquí).
Y en España lo hemos podido comprobar en la persona de los banqueros más poderosos. Así ocurrió con el vicepresidente y consejero delegado del Banco de Santander, Alfredo Sáenz.
Fue condenado por amañar documentos y hacer chantaje confabulado con un juez corrupto (aquí) pero diferentes indultos y reformas legales y los retardos del Banco de España le permitieron seguir en el cargo a pesar de tener antecedentes penales.
Y algo peor sucedió con Emilio Botín: debido a las irregularidades que cometió como responsable máximo del Banco de Santander, la acusación solicitó para él un total de 170 años de prisión y una multa de 46,2 millones de euros, además de una responsabilidad civil de 84,9 millones de euros, que era el perjuicio causado con su actuación a la Hacienda Pública.
Sin embargo, recibiendo órdenes de la entonces Vicepresidenta del gobierno socialista de Rodríguez Zapatero, la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, y el Ministerio Fiscal pidieron el sobreseimiento de la causa y el Tribunal Supremo cambió su propia doctrina anterior utilizando esas peticiones para no encausarlo (aquí). (...)" (Juan Torres López, Público, 25/09/20)
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